Programa Integral de Seguridad y Protección para Comunidades y Organizaciones en los Territorios

Descripción

En este mapa mental se hace una pequeña descripción del Decreto 660 de 2018, referentes al Programa Integral de Seguridad y Protección para Comunidades y Organizaciones en los Territorios
Raul Hernández
Mapa Mental por Raul Hernández , actualizado hace más de 1 año
Raul Hernández
Creado por Raul Hernández hace más de 5 años
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Resumen del Recurso

Programa Integral de Seguridad y Protección para Comunidades y Organizaciones en los Territorios

Nota:

  • Decreto 660 de 2018
  1. Objeto

    Nota:

    • El presente capítulo tiene por objeto crear y reglamentar el Programa Integral de Seguridad y Protección para las Comunidades y Organizaciones en los Territorios, con el propósito de definir y adoptar medidas de protección integral para las mismas en los territorios, incluyendo a los líderes, lideresas, dirigentes, representantes y activistas de organizaciones sociales, populares, étnicas, de mujeres, de género, ambientales, comunales, de los sectores LGBTI y defensoras de derechos humanos en los territorios.
    1. Medidas de protección
      1. Para
        1. Líderes
          1. Dirigentes
            1. Representantes
              1. Activistas
          2. Organizaciones sociales
            1. Populares
              1. Étnicas
                1. De mujeres
                  1. De genero
                    1. Ambientales
                      1. Comunales
                        1. Sectores LGTBI
                          1. Defensores de Derechos Humanos
                    2. Propósito
                      1. Derechos Humanos
                        1. Prevención de la violación D.H.
                          1. Protección D.H.
                            1. Respeto de D.H.
                              1. Garantía de D.H.
                                1. Derecho a la Vida
                                  1. Derecho a la integridad
                                    1. Derecho a la libertad
                                      1. Derecho a la seguridad
                                    2. Objetivos
                                      1. Adoptar Medidas
                                        1. De Prevención

                                          Nota:

                                          • Adoptar medidas de prevención orientadas a identificar los factores de riesgo de violaciones a los derechos a la vida, la libertad, la integridad, la seguridad y las afectaciones a la convivencia contra comunidades y organizaciones en los territorios, y sus líderes, lideresas, dirigentes, representantes y activistas en los territorios, teniendo en cuenta siempre las condiciones particulares de las mujeres.
                                          1. De Seguridad y Protección

                                            Nota:

                                            • Adoptar medidas de seguridad y protección orientadas a prevenir la materialización o mitigar sus efectos, de riesgos excepcionales contra los derechos a la vida, libertad, integridad, la seguridad y las afectaciones a la convivencia de comunidades y organizaciones en los territorios, y sus líderes, lideresas, dirigentes, representantes y activistas en los territorios, teniendo en cuenta siempre las condiciones particulares de las mujeres.
                                            1. Promover la Reconciliación

                                              Nota:

                                              • Adoptar medidas orientadas a promover la reconciliación y la convivencia pacífica y democrática en los territorios, para la construcción de confianza entre entidades públicas y comunidades, a través de la articulación local y nacional.
                                              1. Fortalecer la Denuncia

                                                Nota:

                                                • Adoptar medidas orientadas a fortalecer la denuncia por parte de las organizaciones de Derechos Humanos en los territorios.
                                            2. Componentes
                                              1. Medidas integrales de prevención, seguridad y protección
                                                1. Promotores/as comunitarios/as de paz y convivencia.
                                                  1. Protocolo de protección para territorios rurales.
                                                    1. Apoyo a la actividad de denuncia.
                                                    2. Principios
                                                      1. Adaptabilidad

                                                        Nota:

                                                        • Las medidas e instrumentos adoptados en el marco de este Capítulo, atenderán las características propias de la diversidad multicultural, pluriétnica y enfoque de género de las organizaciones y comunidades en los territorios.  
                                                        1. Colaboración armónica

                                                          Nota:

                                                          • Las autoridades administrativas del orden nacional y territorial deberán coordinar y articular sus actuaciones para el cumplimiento de los fines esenciales del Estado. Las acciones en materia de respeto y garantía de los derechos humanos son responsabilidad de todas las autoridades administrativas, de los órdenes nacional y territorial. Las entidades del orden nacional y territorial además podrán colaborar con las expresiones organizativas, autónomas y propias de orden social y cultural de las comunidades
                                                          1. Complementariedad

                                                            Nota:

                                                            • Cuando se requiera la actuación de dos o más autoridades públicas para desarrollar actividades en conjunto hacia un propósito común, teniendo facultades de distintos niveles, su actuación deberá ser oportuna, eficiente y eficaz, dirigida a garantizar la mayor efectividad y bajo las reglas del respeto mutuo de los fueros de competencia de cada una de ellas, con respeto de su autonomía.  
                                                            1. Dignidad Humana

                                                              Nota:

                                                              • Las autoridades públicas adoptarán medidas para garantizar, proteger y respetar la dignidad humana de todas las personas en los territorios como principio fundante del ordenamiento jurídico.
                                                              1. Eficiencia

                                                                Nota:

                                                                • Las autoridades administrativas para la implementación del Programa regulado en el presente Capítulo optimizarán tiempos y recursos mediante mecanismos especiales y de gestión pública eficiente, eficaces e idóneos, que permitan la reducción de trámites, y la simplificación de instancias, procesos e instrumentos. Se garantizará que los servidores públicos responsables en la implementación de los planes y programas sean idóneos y cumplan con las calidades técnicas y meritocráticas pertinentes.
                                                                1. Fortalecimiento de la administración de justicia

                                                                  Nota:

                                                                  • En el marco de las medidas que se adopten en el Programa previsto en este Capítulo deben contribuir a garantizar el acceso ciudadano a una justicia independiente, oportuna, efectiva y transparente en condiciones de igualdad; respetando y promoviendo los mecanismos alternativos de solución de conflictos en los territorios, de manera que se garanticen los derechos fundamentales, la imparcialidad, impedir cualquier forma de justicia privada y hacer frente a las conductas y organizaciones objeto de este Capítulo. Estas medidas también deben contribuir a garantizar una administración de justicia efectiva en casos de violencia de género, libre de estereotipos sobre las personas LGBTI y sanciones proporcionales a la gravedad del hecho, así como de las otras poblaciones objeto del presente capítulo.
                                                                  1. Garantías de No Repetición

                                                                    Nota:

                                                                    • Las medidas que se adopten en el marco del Programa regulado en este Capítulo, implementadas por el Estado y que comprometen a la sociedad en su conjunto, deberán orientarse a que las violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario no vuelvan a ocurrir. Las garantías de no repetición, incluyen medidas dirigidas a los grupos que han sido expuestos a mayores riesgos, como las mujeres, los niños, niñas y adolescentes, personas en condición de discapacidad, adultos mayores, personas con orientación sexual diversa. Además estas medidas deben propender por superar la discriminación. Las Garantías de No Repetición incluyen, acciones afirmativas, económicas y políticas que desarrollen medidas adecuadas para que las víctimas no vuelvan a ser objeto de violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
                                                                    1. Goce Efectivo de Derechos

                                                                      Nota:

                                                                      • Para la planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de las medidas que se implementen en el marco de este Programa, se tendrá en cuenta el conjunto de derechos constitucionales y fundamentales de los que son titulares los beneficiarios de estas medidas.
                                                                      1. Identidad y diversidad

                                                                        Nota:

                                                                        • Reconocer que las personas que hacen parte de los sectores sociales tienen orientaciones sexuales, identidades de género y corporalidades diversas que implican dinámicas de relaciones e interacciones sociales específicas. Estas, a su vez, se conjugan con otros rasgos identitarios (edad, raza, situación de discapacidad, condición económica, etc.), por ende, la implementación de las medidas del presente Programa deberá atender de manera diferenciada a dichas condiciones y su aplicación debe responder a la diversidad de los sujetos beneficiarios
                                                                        1. Monopolio legítimo de la fuerza y del uso de las armas

                                                                          Nota:

                                                                          • Por parte del Estado en todo el territorio: En el marco de las medidas que se adopten en el Programa regulado en este Capítulo éstas deben garantizar el monopolio legítimo de la fuerza y del uso de las armas por parte del Estado, con el fin de garantizar el respeto y los derechos fundamentales de toda la ciudadanía. La legitimidad deviene del cumplimiento de la obligación de asegurar plenamente el disfrute de los derechos fundamentales de todos los colombianos/as, bajo los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad.
                                                                          1. Oportunidad

                                                                            Nota:

                                                                            • La adopción e implementación de las medidas previstas en el presente Programa deberá realizarse en las condiciones de tiempo, que permitan respetar, garantizar y proteger los derechos fundamentales de las personas destinatarias de estas.
                                                                            1. Participación

                                                                              Nota:

                                                                              • Para la aplicación de las medidas se contará con la participación activa de la sociedad civil, como son las comunidades y organizaciones, líderes, lideresas, dirigentes, representantes y activistas de organizaciones sociales, populares, étnicas, de mujeres, de género, ambientales, comunales, de los sectores LGBTI y defensoras de derechos humanos en los territorios.
                                                                              1. Priorización

                                                                                Nota:

                                                                                • La adopción e implementación de las medidas previstas en el presente Programa es un proceso continuo y urgente que parte de la definición de los planes y programas que se requieran de manera más inmediata, de acuerdo con un cronograma de implementación que tenga en cuenta las prioridades sociales, las necesidades territoriales, las capacidades institucionales y los recursos disponibles.
                                                                                1. Pro Persona

                                                                                  Nota:

                                                                                  • La aplicación de las medidas que se adopten en el marco de este Programa se hará de conformidad con la interpretación más amplia, extensiva y garantista a favor del ser humano.
                                                                                  1. Respeto a la igualdad y no discriminación

                                                                                    Nota:

                                                                                    • En la implementación del presente Programa se respetará la igualdad en sus diferentes dimensiones y la igualdad de oportunidades para todos y todas en el acceso a los diferentes planes y programas contemplados en este capítulo, sin discriminación alguna. Ningún contenido de este Programa se entenderá e interpretará como la negación, restricción o menoscabo de los derechos de las personas independientemente de su sexo, edad, creencias religiosas, opiniones, identidad étnica, por su pertenencia a la población LGBJI, o por cualquier otra razón; ni tampoco del derecho al libre desarrollo de la personalidad, el derecho a la libertad de conciencia y propender por superar la discriminación.
                                                                                    1. Respeto, garantía, protección y promoción de los derechos humanos

                                                                                      Nota:

                                                                                      • El Estado es el garante del libre y pleno ejercicio de los derechos y libertades de las personas y comunidades en los territorios.
                                                                                      1. Salvaguarda de derechos

                                                                                        Nota:

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                                                                                        1. Subsidiariedad

                                                                                          Nota:

                                                                                          • Las autoridades del nivel nacional deben colaborar entre sí y con las entidades territoriales cuando estas últimas no puedan cumplir con sus funciones y competencias en el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de las medidas previstas en el presente Programa, sin perjuicio de la autonomía de las entidades territoriales.  
                                                                                        2. Enfoques
                                                                                          1. Enfoque de Derechos

                                                                                            Nota:

                                                                                            • Las medidas que se adopten deben contribuir a la protección y la garantía del goce efectivo de los derechos de todos y todas. Los derechos humanos son inherentes a todos los seres humanos por igual, lo que significa que les pertenecen por el hecho de serlo, y en consecuencia, su reconocimiento no es una concesión, ya que son universales, imperativos indivisibles e interdependientes y deben ser considerados en forma global y de manera justa y equitativa. En consecuencia, el Estado tiene el deber de promover y proteger todos los derechos y las libertades fundamentales, sin discriminación alguna, respetando el principio pro (sic) persona, y todos los ciudadanos el deber de no violar los derechos humanos de sus conciudadanos, atendiendo los principios de universalidad, igualdad y progresividad.
                                                                                            1. Enfoque Étnico

                                                                                              Nota:

                                                                                              • Las medidas que se adopten tendrán en cuenta las características particulares y propias de los grupos étnicos.
                                                                                              1. Enfoque de Género

                                                                                                Nota:

                                                                                                • Las medidas que se adopten deben tener en cuenta los riesgos que enfrentan las mujeres y población LGBTI, así como las medidas que los afectan desde contextos de discriminación de género asegurando el cumplimiento de las presunciones constitucionales de riesgo de género. Se pondrá especial énfasis en la protección de mujeres, niñas, niños y adolescentes, y diversidades sexuales quienes han sido afectados por las organizaciones criminales. Este enfoque tendrá en cuenta los riesgos específicos que enfrentan las mujeres contra su vida, libertad, integridad y seguridad y las medidas que se definan, adopten e implementen serán adecuadas a dichos riesgos. Asegurando una valoración de género de los mismos, así como de sus efectos y el cumplimiento de las presunciones constitucionales de riesgo.  
                                                                                                1. Enfoque Territorial y Diferencial

                                                                                                  Nota:

                                                                                                  • Las medidas que se adopten deben tener un enfoque territorial y diferencial que tenga en cuenta los riesgos, las amenazas, particularidades y experiencias de las personas en su diversidad, de las comunidades y los territorios, con el fin de poner en marcha los planes y programas de construcción de paz y dar garantías a la población, para así contribuir a una mayor gobernabilidad, legitimidad y al goce efectivo de los derechos y libertades de las ciudadanas y ciudadanos.
                                                                                                2. Promotores/as comunitarios/as de paz y convivencia

                                                                                                  Nota:

                                                                                                  • impulsar los diferentes mecanismos alternativos y extrajudiciales de solución de conflictos en los territorios, promover la defensa de los derechos humanos y estimular la convivencia comunitaria, en las zonas previamente definidas para ello. Este componente hace parte de las medidas de prevención, protección, respeto y garantía de los Derechos Humanos para las comunidades y organizaciones en los territorios.
                                                                                                  1. Persona natural
                                                                                                    1. Mediador
                                                                                                      1. Líder
                                                                                                        1. Defensor de Derechos Humanos
                                                                                                          1. Actua Voluntariamente
                                                                                                            1. Sin Remuneración
                                                                                                            2. Implementación
                                                                                                              1. Socialización del programa

                                                                                                                Nota:

                                                                                                                • El Ministerio del Interior en coordinación con las gobernaciones y alcaldías, realizará un proceso de difusión sobre las funciones del Programa de Promotores/as Comunitarios de Paz y Convivencia dirigido a las comunidades y organizaciones, líderes, lideresas, dirigentes, representantes y activistas de organizaciones sociales; populares, étnicas, de mujeres, de género, ambientales, comunales, de los sectores LGBTI y defensoras de derechos humanos en los territorios.  
                                                                                                                1. Postulación

                                                                                                                  Nota:

                                                                                                                  • Las organizaciones sociales, populares, étnicas, de mujeres, de género, ambientales, comunales, de los sectores LGBTI y defensoras de derechos, sus líderes, lideresas, dirigentes, representantes y activistas, podrán postular ante las personerías municipales o distritales y demás entidades del Ministerio Público a las personas del territorio que consideren pueden ser seleccionadas como Promotores/as Comunitarios de Paz y Convivencia.  
                                                                                                                  1. Remisión de información

                                                                                                                    Nota:

                                                                                                                    • al comité técnico de los componentes de Promotores/as Comunitarios de Paz y Convivencia, y de Apoyo a la Actividad de Denuncia: El Ministerio Público informará a la Secretaría del Comité Técnico de los componentes de Promotores/as Comunitarios de Paz y Convivencia, y de Apoyo a la Actividad de Denuncia sobre la necesidad de implementar este Programa en los territorios y remitirá los listados de las personas postuladas y avaladas por las comunidades  
                                                                                                                    1. Contextualización del territorio

                                                                                                                      Nota:

                                                                                                                      • Las solicitudes de las comunidades y organizaciones de contar con promotores/as comunitarios de paz y convivencia deberán estar acompañadas del listado de las personas candidatas con un informe que permita identificar y caracterizar los conflictos que se presentan en estos territorios, de la relación de las organizaciones presentes en el mismo y la forma como tradicionalmente han sido solucionados por ellos; el documento debe estar firmado por representantes de cada una de las organizaciones mencionadas en el numeral anterior o por los ciudadanos que deseen respaldarlo.
                                                                                                                      1. Selección de los postulados

                                                                                                                        Nota:

                                                                                                                        • El Comité Técnico de los componentes de Promotores/as Comunitarios de Paz y Convivencia, y de Apoyo a la Actividad de Denuncia verificará los requisitos de los/as candidatos/as para ingresar al proceso de acreditación e informará a los/as postulantes el resultado de dicha verificación.
                                                                                                                        1. Proceso de formación

                                                                                                                          Nota:

                                                                                                                          • El Ministerio del Interior, en coordinación con el Ministerio de Justicia y del Derecho, adelantará el proceso de formación conducente a la acreditación de la figura de Promotores/as Comunitarios/as de Paz y Convivencia. Los y las candidatas a Promotores/as Comunitarios de Paz y Convivencia avalados/as por la comunidad deben cursar un proceso de formación que contenga los mínimos de formación conceptual, de habilidades y de competencias para el cumplimiento de sus funciones.  
                                                                                                                          1. Acreditación de los Promotores

                                                                                                                            Nota:

                                                                                                                            • El Ministerio de Justicia y del Derecho tendrá a su cargo la acreditación de los Promotores/as Comunitarios/as de Paz y Convivencia, una vez el Ministerio del Interior certifique el cumplimiento del proceso de formación.
                                                                                                                            1. Publicidad de los Promotores
                                                                                                                              1. Acompañamiento

                                                                                                                                Nota:

                                                                                                                                • Durante todo el proceso y aún después de adelantada la implementación, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Justicia y del Derecho harán constante acompañamiento a los/as Promotores/as Comunitarios de Paz y Convivencia para fortalecer y apoyar la labor desempeñada en las comunidades. Las posibles dificultades y aprendizajes en el proceso serán informados al Comité Técnico del componente de Promotores/as Comunitarios de Paz y Convivencia.

                                                                                                                            Recursos multimedia adjuntos

                                                                                                                            Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

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                                                                                                                            Francesc Caravaca
                                                                                                                            GS-1. GUARDIAS DE ORDEN Y GUARDIAS DE LOS SERVICIOS
                                                                                                                            antonio del valle
                                                                                                                            GS-2. LAS GUARDIAS DE SEGURIDAD
                                                                                                                            antonio del valle
                                                                                                                            Mapa Conceptual, Seguridad Social en Colombia
                                                                                                                            mafe__09
                                                                                                                            Seguridad Informática
                                                                                                                            M Siller
                                                                                                                            Generalidades de la Biología Celular, la evolución y diversidad de los seres vivos. Diana Castro
                                                                                                                            diana castro
                                                                                                                            El sistema de seguridad social integral
                                                                                                                            vanessa correa
                                                                                                                            PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
                                                                                                                            GGPrevencioni