Código de Ética del Colegio De Psicólogos en el Perú

Descripción

Mapa Mental sobre Código de Ética del Colegio De Psicólogos en el Perú, creado por Marcos Orozco Carrillo el 08/05/2020.
Marcos Orozco Carrillo
Mapa Mental por Marcos Orozco Carrillo, actualizado hace más de 1 año
Marcos Orozco Carrillo
Creado por Marcos Orozco Carrillo hace alrededor de 4 años
11
0

Resumen del Recurso

Código de Ética del Colegio De Psicólogos en el Perú
  1. Capítulos
    1. CAP 1 Del ejercicio profesional: (Art. 1 -17)
      1. Titulado, colegiado y habilitado. No intervenir sin consentimiento.
      2. Cap 2: El trabajo administrativo (Art. 18-20)
        1. Hacer prevalecer principios éticos, normas éticas y respeto por sus colegas
        2. Cap 3: Del trabajo docente (Art. 21-22)
          1. Formación integral del educando y solicitud de asentimiento al paciente .
          2. Cap 4:. Del trabajo de investigación (Art.23-28)
            1. Normativa internacional y nacional, regula la investigación con seres humanos.
            2. Cap 5. De la publicidad (Art. 29-30)
              1. Prohibido su participación de avisos comerciales.
              2. Cap 6. De los honorarios (Art. 31-34)
                1. Retribución justa de sus honorarios
                2. Cap. 7 . De los documentos (Art. 35-40)
                  1. Documentos psicológico → cuidado en su redacción, no apreciaciones personales . información ajenas al propósito psicológico
                  2. Cap. 8 Relaciones profesionales (Art. 41-46)
                    1. Respeto para con sus colegas y personal atendido
                    2. Cap. 9 Deberes de la psicoterapia (Art. 41-52)
                      1. Capacitación especializada
                      2. Cap 10. Instrumentos de investigación (Art. 53-58)
                        1. Solo con fines de investigación o docencia.
                      3. Regula ejercicio de la profesión
                        1. 19 capítulos y 94 artículos
                        2. Código de Ética
                          1. Desarrollo de la calidad de la persona. (concepción - senectud).
                            1. Principio beneficencia y de no maleficencia.
                              1. Personas:
                                1. Siempre un fin, nunca un medio
                                  1. Respetar su autonomía (Consentimiento informado)
                                    1. Respetar su integridad.
                                    2. Capacitación (científica y moral). → desarrollo de la sociedad.
                                      1. Debe lealtad → compromiso moral: la honorabilidad de sus actos.
                                      Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

                                      Similar

                                      Enseñar con Fichas de Memoria
                                      Diego Santos
                                      Las Matemáticas
                                      María Salinas
                                      Gramática para Practicar el First Certificate II
                                      Diego Santos
                                      mapa mental de carbohidratos
                                      jozu
                                      Mapa conceptual de la materia._1
                                      gaby271975
                                      Introducción a la Biología
                                      ARMANDO SILVA PACHECO
                                      Should - Shouldn't
                                      Miguel Hurtado
                                      Sistemas Jurídicos
                                      Efrain Tlahque
                                      Web 2.0 and other emerging technologies applied to research
                                      patricia sarria
                                      Insuficiencia Renal Cronica
                                      Angela Madroñero
                                      Sistemas nervioso y reproductivo
                                      JORGE LEYVA RIVERA