El inversionista extranjero:Es la persona
natural o jurídica o patrimonio autonomo,
titular de la inversión extranjera derecta o
de portafolio que tiene en virtud del
adecuado registro de su inversión
El administrador local: En el caso de
portafolio,los administradores locales
solamente pueden ser
Sociedades de fiduciaria
Comisionistas de
bolsa
Sociedades
administradoras
de inversion
Obligaciones
Nota:
Tributarias
Cambiarias
De información
Las demás que señale la autoridad de inspección y vigilancia
Aspectos cambiarios
relacionados con la
inversión extranjera
de portafolio- ADR´S y
GDR´S
Aspectos generales
Nota:
Los ADR´S Y GDR´S son titulos o certificados de depósito emitidos en un país distinto al del emisor que representan accioneso bonos obligatoriamente convertidos enacciones emitidos por un determinado emisor .
El depositario
El custodio
Inversionista
Niveles de
implementación
Nota:
Contempla cuatro niveles
Aspectos cambiarios
PRODUCTOS SERVICIOS EXTRANJEROS
Promoción y oferta del servicio del
mercado de valores y del mercado
bancario
La emision y la oferta de valores
La intermediación de valores
La administración de fondos de
inversión colectiva
Deposito y la
administración de valores
La compensación y liquidación de valores
Calificación del riesgos
La autorregulación en el mercado
La recopilación, procesamiento y
suministro de información
Actividades permitidas y prohibidas de los
corresponsales y de las oficinas de
representación
Actuar como punto de enlace entre la
institución financiera del exterior y los
inversionistas
Actividades permitidas
Actividades prohibidas
Actualmente los comisionistas de bolsa
tienen un contrato de corresponsalía
vigente con instituciones del mercado de
valores del exterior
Excepciones a la obligación de
establecer una oficina de
representación y de los corresponsales
Las instituciones del exterior de caracter multilateral
Las inst. el exterior de carácter público
Las Instituciones del exterior de derecho público
internancional
Las inst. del exterior que participen en préstamos
sindicados
Las inst. del exterior a la que un residente en el país le
haya requerido la prestación de servicios financieros o del
mercado de valores
Las inst. del exterior que concedan a los intermediarios del
mercado cambiario fiananciaciones para el desarrollo de
sus actividades
Las filiales, subsidiarias o agencias establecidas
en el extranjero
La inst. del exterior que tenga una filial o
subsidiaría establecida en el país
autorizada para actividades financieras o
delmercado de valores
Deber de información de las
oficinas de representación y
de los corresponsales
Contrato de corresponsalia celebrado
con inst. del mecado de valores del
exterior
Deber de asesoría profesional con los
inversionistas de las oficinas de
representación y de los corresponsales