Es una ley que tiene por
objetivo normar el sistema
educativo en Guatemala y
todas sus vertientes, de
acuerdo al Decreto 12-91
del Congreso de la
República de Guatemala.
Se divide de la siguiente manera
Titulo I:Principios y
fines de la Educación
CAPITULO I Principios
ARTICULO 1º. Principios.
La educación en
Guatemala se
fundamenta en los
siguientes principios:
1. Es un derecho inherente a la persona humana y una
obligación del estado. 2. En el respeto o la dignidad de la
persona humana y el cumplimiento efectivo de los
Derechos Humanos. 3. Tiene al educando como centro y
sujeto del proceso educativo
Nota:
Estos son los primeros tres principios
CAPITULO II Fines
ARTICULO 2º. Fines. Los
Fines de la Educación en
Guatemala son los
siguientes:
Entre los principales fines de la educación estan:
1. Proporcionar una educación basada en
principios humanos, científicos, técnicos,
culturales y espirituales que formen
integralmente al educando, lo preparen
para el trabajo, la convivencia social y le
permitan el acceso a otros niveles de
vida.
Titulo II: Sistema
Educativo Nacional
CAPITULO I
Definición,
Características,
Estructura,
Integración Y
Función del
Sistema
Definición. El sistema Educativo Nacional es el conjunto ordenado e
interrelacionado de elementos, procesos y sujetos a través de los
cuales se desarrolla la acción educativa, de acuerdo con las
características, necesidades e intereses de la realidad histórica,
económica y cultural guatemalteca.
CAPITULO II
Ministerio de
Educación
Definición. El Ministerio de Educación es la Institución del
Estado responsable de coordinar y ejecutar las políticas
educativas, determinadas por el Sistema Educativo del país.
Nota:
Para haces efectivas sus funciones se estructura en cuatro niveles:
a. Nivel de Dirección Superior.
b. Nivel de Alta Coordinación y Ejecución.
c. Nivel de Asesoría y Planeamiento
d. Nivel de Apoyo.
CAPITULO III
Comunidades
Educativas
Integración. La Comunidad Educativa se integra por
educandos, padres de familia, educadores y las
organizaciones que persiguen fines eminentemente
educativos.
TITULO III Garantías Personales
de Educación Derechos y
Obligaciones
CAPITULO
I
Obligaciones
Entre las principales
obligaciones del Estado estan:
1. Garantizar la libertad de enseñanza y criterio docente. 2. Propiciar una educación
gratuita y obligatoria dentro de los límites de edad que fija el reglamento de esta ley.
3. Propiciar y facilitar la educación a los habitantes sin discriminación alguna.
CAPITULO II
Derechos
Entre los
principales
derechos de los
educandos estan:
1. El respeto a sus valores culturales y
derechos inherentes a su calidad de ser
humano. 2. Organizarse en asociaciones
estudiantiles sin ser objeto de represalias. 3.
Participar en todas las actividades de la
comunidad educativa.
TITULO IV Modalidades de
la Educación
Las Principales son: Educación
Inicial, Educación Experimental,
Educación Especial, Educación
Estética, Educación a distancia,
Educación Bilingüe, Educación
Física, Educación Acelerada
para adultos, Educación por
madurez.
TITULO VI
Planeamiento y
Evaluación
CAPÍTULO
ÚNICO
Incluye:
Planteamiento,
Evaluación,
Evaluación del
Sistema,
Evaluación Escolar,
TITULO V Calidad de
la Educación
CAPÍTULO
ÚNICO
ARTICULO 66º. Calidad de la
Educación. Es responsabilidad del
Ministerio de Educación garantizar la
calidad de educación que se imparte
en todos los centros educativos del
país, tanto públicos, privados y por
cooperativas. La calidad de la
educación radica en que la misma es
científica, crítica, participativa,
democrática y dinámica.
TITULO VII
Supervisión
Educativa
CAPÍTULO
ÚNICO
Definición. La Supervisión Educativa es
una función técnico-administrativa que
realiza acciones de asesoría, de
orientación, seguimiento, coordinación y
evaluación del proceso
enseñanzaaprendizaje en el Sistema
Educativo Nacional.
TITULO VIII Validez
de Estudios, Títulos
y Diplomas
CAPÍTULO
ÚNICO
Validez de los Estudios. La validez
de los estudios realizados en los
centros educativos del sistema,
se acredita por medio de los
certificados que cada
establecimiento extienda y que
avala la autoridad
correspondiente del Ministerio
de Educación, después de
haberse cumplido con los planes
y programas de estudios
autorizados.
TITULO IX
Programas de
Apoyo
CAPÍTULO
ÚNICO
Incluye: Programas de
apoyo, Útiles Escolares,
Importación de útiles,
Textos básicos, Textos de
autores nacionales,
Autorización de textos,
Texto único.
TITULO X Becas
CAPÍTULO
ÚNICO
Becas. Se otorgarán becas para realizar
estudios en cualesquiera de los niveles
educativos a aquellos educandos
guatemaltecos que por vocación, rendimiento
escolar, aptitudes y/o por no contar con los
medios económicos para sostener sus estudios,
se hagan acreedores de las mismas.
TITULO XII
Disposiciones
Generales
Trata aspectos como la
estructura
descentralizada y la
enseñanza religiosa
TITULO XIII Disposiciones
Transitorias y Finales
CAPITULO
UNICO
El Ministerio de
Educación, en un plazo
de dos años máximo, a
partir de la vigencia de
la presente ley, deberá
dar cumplimiento a lo
establecido en el
artículo 41