Pedido: petición de compra de un
cliente a un proveedor -No modelo
oficial -Datos: número, lugar, fecha,
comprador, vendedor, condiciones
del pedido, artículos, firma
Albarán: Documento que detalla y
justifica la entrega de mercancías al
cliente
No modelo
oficial
Datos: identificación del
documento, empresa
vendedora y compradora,
mercancía, condiciones de
entrega, firma
4 copias:
comprador, 2
vendedor,
transportista
Factura: Documento legal entregado
por el vendedor al comprador que
justifica la compraventa
Contenido regulado:
número, NIF emisor y
destinatario, bienes o
servicios, cuantía, tipo IVA
y cuota, lugar y fecha,
datos de inscripción en
Registro mercantil
Obligados a emitirla los empresarios
y profesionales que entregen bienes o
servicios (salvo operaciones inferiores
a 3.005€ con tiques)
Obligación de
conservación de
factura emitidas y
recibidas
Entrega de mercancía
por vendedor: Albarán
Presentación de factura
por vendedor
Pago por el
comprador: efectivo o
transferencia, cheque,
letra de cambio
pagarés
Emisión de un
recibo de pago por el
vendedor
Compraventa: Pedido
Documento de pago y
cobro
Recibo: documento que
expide la persona que recibe
una cantidad y da al que lo
paga como justificane
No modelo oficial
Talonario con 2 partes: Matriz:
parte sujeta al talonario,
justificante. Recibo: resguardo
entregado al que paga
Cheque: documento por el que un
banco se compromete al pago de una
cantidad
Un comprador con fondos
emite un cheque y se lo
entrega a un vendedor,
ordenando a un banco pagar
al tomador cuando éste se lo
presente
Letra de cambio: documento
mercantil por el que una persona
ordena a otra el pago a un banco
una cantidad de dinero en una fecha
o vencimiento. El vendedor emite la
letra, la acepta el comprador y, con
ella firmada, el vendedor se la
entrega al banco para que la cobre
al comprador en la fecha fijada
Utilización de papel timbrado
Pagaré: promesa de pago por el que
una persona se compromente a
pagar cierta cantidad de dinero a
otra persona en la fecha fijada
Es una promesa de
pago, no un
reconocimiento de una
deuda