Busca el mejoramiento y defensa de
sus propios intereses
Asociación de trabajadores o patrones
Coaliciones
Es trabsitoria
No requiere registro
Defiende intereses comunes
No puede ser titular
CCT
Titular de derecho a
huelga
ART. 9° Y 123° apartado A Fracc.
XVI CPEUM
Principio de libertad sindical
Finalidad de los
sindicatos
Inmediato y mediato
Unión de los trabajadores
Mejores condiciones de trabajo
Art. 357
Trabajadores y patrones tienen
derecho a constituir
organizaciones convenientes
Trabajadores y patrones gozaran
de adecuada protección contra
injusticias
Art.358
Federaciones y confederaciones cuentan
con derechos de libre afiliación
Nadie puede ser obligado a formar
parte de un sindicato
Salvaguardar el voto personal y ajustarse a
reglas democraticas s y de igualdad de genero
Federaciones de
sindicatos
Asociación de varios
sindicatos
Con la finalidad de
orientar y asesorar
Confederación
Alianza de tres o
mas federaciones
Clases de sindicatos Art.360
Gremiales
De empresa
Industriales
Nacionales de industria
De oficios varios
De patrones
Sindicatos patronales
Art. 361
Formados por patrones de
varias ramas
Nacionales, Formados por patrones de una o
varias ramas de distintas entidades federativas
Art. 364
Los sindicatos deberán con un
mínimo de 20 trabajadores
Los sindicatos deberán registrarse en el Centro
Federal de Conciliación y Registro Laboral
Copia de acta de la
asamblea constitutivo
Lista de los miembros
Copia de los estatus del art. 371 L.F.T
Copia del acta de la asamblea elegida
El registro podrá negarse de acuerdo a el
art. 366 L.F.T
Si el sindicato no se propone la finalidad previste en el art. 365 L.F.T
Si no se constituyo el numero de miembros fijados en el art. 364 L.F.T
Si no se exhiben los documentos de acuerdo a el art.365 L.F.T
Obligaciones de los
sindicatos art. 377 y 378 L.F.T
Proporcionar informes a las autoridades,
exclusivamente de actuación sindical
Comunicar a la autoridad Registral, en 10 días,
los cambios en la directiva y sus modificaciones
Informar cada 3 meses altas
y bajas de miembros
Prohibiciones de los sindicatos en el
art. 378 L.F.T
Contrato colectivo
de trabajo art.386 L.F.T
Convenio celebrado entre uno
ovarios sindicatos o patrones
Establece condiciones que deberá
representar el trabajo
Art. 390 Bis L.F.T
Solicitud de contrato colectivo por el CFC yRL
la constancia de representatividad
Garantizar los principios en las organizaciones sindicales
Art. 390 Ter L.F.T
El CFCy RL verificará que su contenido sea aprobado por la
mayoria de los trabajadores a través del voto personal.
ART 391 L.F.T Especificación de lo que
contendra el contrato colectivo
Art. 406 L.F.T
Los sindicatos que representen las dos
terceras partes podrán solicitar las
celebración de este contrato
Art 414 L.F.T
Se aprobara la mayoría de los trabajadores que estén representados en la
convención, así como los patrones que tengan a su servicio la misma
mayoría de trabajadores
Art. 412 L.F.T
Contenido
Contrato de Ley art.
404 L.F.T
Convenio entre uno o varios trabajadores y
patrones o sindicatos de patrones
Con el fin de establecer condiciones en una rama determinada
de la industria y declarado obligatorio en una o varias
entidades federativas o zonas económicas