PROCEDIMIENTO DE ESTABILIDAD LABORAL EN VENEZUELA (SEGÚN LOTTT)

Descripción

MAPA CONCEPTUAL SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE ESTABILIDAD LABORAL EN VENEZUELA
LUISBEL SILVA
Mapa Mental por LUISBEL SILVA, actualizado hace más de 1 año
LUISBEL SILVA
Creado por LUISBEL SILVA hace alrededor de 4 años
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Resumen del Recurso

PROCEDIMIENTO DE ESTABILIDAD LABORAL EN VENEZUELA (SEGÚN LOTTT)
  1. La Estabilidad es un derecho fundamental de los trabajadores, que le garantiza su permanencia en el empleo. Dada su importancia, en Venezuela está regulada a partir de la Constitución en normas derivadas, a saber: la Ley del Trabajo, su reglamento y otras normas.
    1. LA PARTICIPACIÓN DE DESPIDO
      1. En un lapso de cinco (5) días hábiles siguientes al despido de un trabajador que goce de estabilidad laboral, el empleador deberá participar o informar al Juez de Primera Instancia (de la fase de Sustanciación, Mediación y Ejecución) de la jurisdicción, comunicando sobre la justificación de aquel.
        1. ARTICULO 89 DE LA LOTTT
      2. INAMOBILIDAD LABORAL
        1. La LOTTT en su artículo 94 establece a la inamovilidad como: “Los trabajadores y trabajadoras protegidos de inamovilidad no podrán ser despedidos, ni trasladados, ni desmejorados sin una causa justificada
          1. LA NO PARTICIPACION
            1. Este procedimiento aplica para todos los trabajadores protegidos por Fuero Sindical e inamovilidad laboral, la LOTTT en sus artículos 419 y 420, la LOPCYMAT artículo 44 y su reglamento artículo 59 establecen que trabajadores están protegidos por los beneficios mencionados.
        2. SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO
          1. Es el procedimiento intentado por el patrono en contra del trabajador investido de inamovilidad, alegando que el asalariado está incurso en una causa de despido, y que en consecuencia solicita al Inspector del Trabajo que previo el cumplimiento de los trámites legales, autorice a la empresa para despedir al obrero o empleado.
            1. SEGUN ARTICULO 422 DE LA LOTTT
              1. Se introduce en la Inspectoría del Trabajo un escrito en el que se señala la causa de despido justificado en la que el trabajador está incurso, y las circunstancia de lugar, tiempo y modo en que incurrió en ella. También se colocan los demás requisitos contemplados en el artículo 422 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores
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