A partir de la época moderna (entre los siglos XV y XVII)
la humanidad comenzó a tomar aún mas consciencia del
derecho después de la "guerra de los 30 años", la cual
culminó con muchos tratados de paz que ayudaron a forjar
una sociedad con otras naciones y a tener más
comunicación. Así como también se puede mencionar la
independencia de las 13 colonias, la revolución francesa y
la reunión del congreso de Viena en 815. Otro grandes
acontecimientos fueron las 2 guerras mundiales, quienes
trajeron consigo la creación de las "Naciones Unidas" que
le da pie al derecho internacional y comienza a sentar las
bases de la soberanía en distintos países.
Clasificación
Se divide en dos grandes ramas: 1. Derecho
Internacional Privado. Se encarga de
resolver los conflictos legales entre
individuos de distintos Estados o entre un
Estado y los individuos de otro. Estos
conflictos se suscitan por la
incompatibilidad de las leyes aplicables en
los diferentes Estados. 2 Derecho
Internacional Público. Es el que rige las
relaciones y los conflictos entre los Estados,
en cuanto entes políticos soberanos, y las
vinculaciones de éstos con la comunidad
internacional.
Características de su soberanía
Los principios del derecho internacional público
sostienen ante todo el derecho a la soberanía de las
naciones. Esto significa que al acordar con otros países o
suscribir tratados internacionales no están sacrificando su
autonomía y autodeterminación jurídicas, sino acordando
un espacio de mediación internacional que permita
alcanzar mutuos acuerdos. Por esa razón, muchos autores
ponen en duda el carácter jurídico de esta rama del
derecho, ya que, en principio, no existe ningún órgano
internacional del que emanen las leyes internacionales y
que pueda coaccionar a los Estados a acatarlas, sino que
éstas serán fruto del acuerdo voluntario de las naciones.
Definicion
Derecho Internacional es el conjunto de normas jurídicas escritas y
consuetudinarias que rigen las relaciones entre los Estados, entre
éstos y las organizaciones internacionales y entre los ciudadanos
de los diferentes Estados. para el mantenimiento de la paz y la
seguridad internacionales, el fomento de las relaciones de amistad
entre los Estados, la igualdad soberana de ellos no obstantes sus
diferencias cuantitativas, el principio de la >libre determinación de
los pueblos, la cooperación internacional en el campo económico y
cultural, la solución pacífica de las controversias internacionales,
la abstención de los Estados de recurrir a la amenaza o al uso de la
fuerza contra la independencia o la integridad territorial de otro
Estado y la no intervención en los asuntos de jurisdicción interna
de los Estados.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.