INSTRUMENTOS FINANCIEROS NIIF 9

Descripción

Mapa Mental sobre INSTRUMENTOS FINANCIEROS NIIF 9, creado por Tanti-Tantiago T. el 03/12/2020.
Tanti-Tantiago T.
Mapa Mental por Tanti-Tantiago T., actualizado hace más de 1 año
Tanti-Tantiago T.
Creado por Tanti-Tantiago T. hace casi 4 años
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Resumen del Recurso

INSTRUMENTOS FINANCIEROS NIIF 9
  1. MEDICION
    1. EL VALOR RAZONABLE DEL ACTIVO O PASIVO FINANCIERO EN EL MOMENTO DEL RECONOCIEMTO INICIAL DIFIERE DEL PRECIO DE LA TRANSACCION
      1. MEDICION POSTERIOR DE ACTIVOS FINANCIEROS
        1. MEDICION A COSTO AMORTIZADO
          1. MEDICION POSTERIOR DE PASIVOS FINANCIEROS
            1. METODO DE INTERES EFECTIVO
              1. DETERMINCION DE INCREMENTOS SIGNIFICATIVOS EN EL RIESGO CREDITICIO
              2. RECONOCIMIENTO Y BAJA EN CUENTAS
                1. RECONOCIMIENTO INICIAL
                  1. SE RECONOCERA UN ACTIVO O UN PACIVO FINANCIERO EN SU ESTADO DE SITUACION FINANCIERA CUANDO SE CONVIERTA EN PARTE DE LAS CLAUSULAS CONTRACTUALES DEL INSTRUMENTO
                    1. COMPRA O VENTA CONVENCIONAL DE UN ACTIVO FINANCIERO; SE RECONOCERA Y DARA DE BAJA SEGUN CORRESPONDA, APLICANDO LA CONTABILIDAD DE LA FECHA DE CONTRATACION O LIQUIDACION
                    2. BAJA DE CUENTAS DE ACTIVOS FINANCIEROS
                      1. ABARCA UNICAMENTE FLUJOS DE EFECTIVO ESPECIFICAMENTE IDENTIFICADOS DE UN ACTIVO FINANCIERO
                        1. COMPRENDE UNICAMENTE UNA CUOTA PROPORCIONAL COMPLETA DE FLUJOS DE EFECTIVO ESPECIFICAMENTE IDENTIFICADOS DE UN ACTIVO FINANCIERO
                        2. BAJA DE CUENTAS DE PASIVOS FINANCIEROS
                          1. SI UNA ENTIDAD RECOMPRA UNA PARTE DE UN PASIVO FINANCIERO, DISTRIBUIRA SU IMPORTE EN LIBROS PREVIO ENTRE LA PARTE QUE CONTINUA RECONOCIENDO Y LA QUE DA DE BAJA LAS CUENTAS
                            1. SE ELIMINARA DE SU ESTADO FINANCIERO UN PASIVO CUANDO SE HAYA EXTINGUIDO, CUANDO LA OBLIGACION ESPECIFICADA EN EL CORRESPONDIENTE CONTRATO HAYA SIDO PAGADA O CANCELADA, O HAYA EXPIRADO
                              1. UNA PERMUTA ENTRE UN PRESTAMISTA Y UN PRESTATARIO DE INSTRUMENTOS DE DEUDA CON CONDICIONES SUSTANCIALMENTE DIFEERENTES, SE CONTABILIZARA COMO UNA CANCELACION DE PASIVO FINANCIERO ORIGINAL, RECONOCIENDO UN NUEVO PASIVO FINANCIERO
                            2. FECHA DE VIGENCIA Y TRANSICION
                              1. SI UNA ENTIDAD OPTA POR APLICAR ESTA NORMA DE FORMA ANTICIPADA, DEBE RELEVAR ESTE HECHO Y APLICAR TODOS SUS REQUERIMIENTOS AL MISMO TIEMPO
                                1. UNA ENTIDAD APLICARA ESTA NORMA PARA LOS PERIODOS ANUALES QUE COMIENCEN A PARTIR DEL 01 DE ENERO DEL 2018
                                  1. LA ENTIDAD APLICARA ESTA NORMA DE FORMA RETROACTIVA, DE ACUERDO CON LA NIC 8 POLITICAS CONTABLES, CAMBIOS EN ESTIMACIONES CONTABLES Y ERRORES
                                    1. ESTA NIIF DEROGARA LA CINIIF 9 NUEVA EVALUACION DE DERIVADOS IMPLICITOS. LOS REQUERIMIENTOS AÑADIDOS A LA NIIF 9, DE OCTUBRE DEL 2010 INCORPORABAN LOS REQUERIMIENTOS ANTERIORMENTE ESTABLECIDOS POR LOS PARRAFOS 5 Y 7 DE LA CINIIF 9
                                    2. OBJETIVO
                                      1. SE REFIERE A ESTABLECER LOS PRINCIPIOS DE INFORMACION FINACIERA SOBRE LOS ACTIVOS Y PASIVOS FINANCIEROS
                                      2. CONTABILIDAD DE COBERTURAS
                                        1. EL OBJETIVO ES REPRESENTAR EN LOS ESTADOS FINANCIEROS LAS ACTIVIDADES DE GESTION DE RIESGOS EN UNA ENTIDAD QUE UTILIZA INSTRUMENTOS FINANCIEROS
                                          1. CONTABIIZACION DE LAS RELACIONES DE COBERTURA QUE CUMPLAN LOS REQUISITOS FIJADOS
                                            1. LA GANANCIA O PERDIDA POR COBERTURA DE LA PARTIDA CUBIERTA AJUSTARA EL IMPORTE EN LIBROS DE LA PARTIDA CUBIERTA Y SE RECONOCERA EN EL RESULTADO DEL PERIODO
                                            2. ALCANCE
                                              1. SE APICARA POR TODAS LAS ENTIDADES O INSTRUMENTOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS
                                                1. EXCEPCIONES
                                                  1. NIIF 10 ESTADOS FINANCIEROS CONSOIDADOS, NIC 27 ESTADOS FINANCIEROS SEPARADOS, NIC 28 INVERSIONES EN ASOCIAODS Y NEGOCIOS CONJUNTOS
                                                    1. NIC 17 ARRENDAMIENTOS
                                                      1. NIC 19 BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS
                                                        1. NIC 32 PATRIMONIO
                                                          1. NIIF 15 INGRESO DE ACTIVIDADES DE CONTRATOS CON CIENTES
                                                        2. CLASIFICACION
                                                          1. DERIVADOS IMPLICITOS
                                                            1. OTROS CONTRATOS HIBRIDOS
                                                              1. LAS CARACTERISTICAS ECONOMICAS Y LOS RIESGOS DEL DERIVADO IMPLICITO NO ESTAN RELACIONADOS ESTRECHAMENTE CON LOS CORRESPONDIENTES AL CONTRATO ANFITRION
                                                                1. EL INSTRUMENTO SEPARADOR CON LAS MISMAS CONDICIONES DEL DERIVADO IMPLICITO CUMPLIRA CON LA DEFINICION DE UN DERIVADO
                                                                2. CONTRATOS HIBRIDOS CON ANFITRIONES DE ACTIVOS FINANCIEROS
                                                                3. PASIVOS FINANCIEROS
                                                                  1. DESIGNAR UN PASIVO FINANCIERO A VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN RESULTADOS
                                                                    1. EN EL MOMENTO DEL RECONOCIMIENTO INICIAL DESIGNAR DE FORMA IRREVOCABLE UN PASIVO FINANCIERO
                                                                    2. SE CLASIFICARAN TODOS LOS PASIVOS FINANCIEROS COMO MEDIDOS POSTERIORMENTE AL COSTO AMORTIZADO, EXCEPTO;
                                                                      1. ESTOS PASIVOS, INCLUYENDO LOS DERIVADOS QUE SON PASIVOS, SE MEDIRAN CON POSTERIORIDAD AL VALOR RAZONABLE
                                                                        1. LOS QUE SURJAN POR UNA TRANSFERENCIA DE ACTIVOS FINANCIEROS QUE NO CUMPLAN CON LOS REQUISITOS PARA SU BAJA EN CUENTAS
                                                                          1. CONTRATOS DE GARANTIA FINANCIERA, DESPUES DEL RECONOCIMIENTO INICIAL, UN EMISOR DE DICHOS CONTRATOS LOS MEDIRA POSTERIORMENTE
                                                                        2. ACTIVOS FINANCIEROS
                                                                          1. UN ACTIVO FINANCIERO DEBERA MEDIRSE A VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN OTRO RESULTADO INTEGRAL SI SE CUMPLEN LAS CONDICIONES SIGUIENTES:
                                                                            1. EL ACTIVO FINANCIERO SE MANTIENE DENTRO DE UN MODELO DE NEGOCIO CUYO OBJETIVO SE LOGRA OBTENIENDO FLUJOS DE EFECTIVO CONTRACTUALES Y VENDIENDO ACTIVOS FINANCIEROS
                                                                              1. LAS CONDICIONES CONTRACTUALES DE ACTIVO FINANCIERO DAN LUGAR, EN FECHAS ESPECIFICADAS, A FLUJOS DEL EFECTIVO QUE SON UNICAMENTE PAGOS DEL PRINCIPAL E INTERESES SOBRE EL IMPORTE DEL PRICIPAL PENDIENTE
                                                                                1. OPCION DE DESIGNAR UN ACTIVO FINANCIERO AL VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN RESULTADOS
                                                                                  1. DESIGNAR UN ACTIVO FINANCIERO DE FORMA IRREVOCABLE COMO MEDIDO AL VALOR RAZONABLE CON CAMBIOS EN RESULTADOS, SI HACIENDOLO ELIMINA O REDUCE SIGNIFICATIVAMENTE UNA INCONGRUENCIA DE MEDICION O RECONOCIMIENTO
                                                                            Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

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