Conjunto de reglas que, por hallarse en vigor, han de aplicarse a los casos que lo ameriten con la garantía última del Estado.
Cabe recalcar que "no todo derecho vigente es positivo, ni todo derecho positivo es vigente."
Derecho Vigente
Nota:
Conjunto de normas jurídicas emanadas de autoridad competente y que esta reconoce y aplica. Es, en otras palabras, el derecho que se exterioriza en las leyes, las costumbres, la jurisprudencia y la doctrina y cuya aplicación puede ser exigida por cualquiera que tenga un interés jurídico.
Abrogatias
Nota:
Cuanto se deroga una ley completa como por ejemplo el 1171 suplió al antiguo Reglamento de Evaluación.
Derogatorias
Nota:
Derogatoria tácita- parcial por ejemplo: el 1,485.
Derecho
Nota:
Constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y su carácter. Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad.
Derecho Subjetivo
Nota:
Le permite realizar determinados actos.
Todo lo que confiere en la ley.
Por ejemplo: Las obligaciones del director.
Derecho objetivo
Nota:
Regula el actuar que se dice en el derecho subjetivo.
Por ejemplo: las obligaciones del director de un centro educativo que esta regulado en la ley de educación.
Derecho Consuetudinario
Nota:
Conjunto de normas legales de tipo tradicional, no escritas ni codificadas, operan sin referencia al Estado.
Es una acepción solo del derecho laboral.
Derecho público
Nota:
Tiene el objetivo de regular los vínculos que se establecen entre las personas y las entidades.
Derecho privado
Nota:
Regula las relaciones entre los particulares.
Patrono- Empleador
Derecho sustantivo
Nota:
Se refiere al conjunto de normas que establece los derechos y obligaciones de los sujetos que están vínculados por el orden jurídico establecido por el Estado.
Derecho adjetivo
Nota:
Lo integran las normas dictadas por el órgano competente del Estado que permitan el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes que se establecen en el derecho sustantivo.
Derecho
Educativo
Nota:
Conjunto de normas, principios e instituciones que rigen y desarrollan el sistema educativo en una sociedad determinada, constituyendo la educación uno de los vitales derechos del ser humano.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.