Permite tener DD y obligaciones, termina de abolir la esclavitud
Persona humana
Nota:
-Es persona jurídica
-Inicia desde el nacimiento
-DD y obligaciones se adquieren si nace con vida
-Si nace muerta, nunca existió
Capacidad
Nota:
-NOMBRE
-DOMICILIO
-PATRIMONIO
-ESTADO
De Derecho
Capacidad de ser titular de un derecho
Nota:
-No hay incapaces de Derecho
-Ley puede limitar o privar esta capacidad respecto a acciones, hechos ciertos actos jurídicos determinados
De Ejercicio
Potestad de ejercer DD por nosotros mismos
Nota:
-Toda persona humana puede ejercer sus DD excepto por las limitaciones del CC y la CN o en una sentencia judicial.
-La limitación debe ser lo menos gravosa posible
RESTRICCIONES A LA CAPACIDAD
Reglas generales
Se entiende que la persona humana tiene capacidad de ejercicio
Las limitaciones a la capacidad son excepcionales y se ponen en beneficio de la persona
La intervención estatal siempre es de carácter interdisciplinario
La persona tiene derecho a recibir información a través de medios y tecnologías adecuadas para su comprensión
La persona tiene derecho a participar en el proceso judicial con asistencia letrada, que debe ser proporcionada
por el Estado si carece de medios
Priorización de alternativas terapéuticas menos restrictivas de los DD y la libertad
Persona con capacidad restringida o
incapacidad
Nota:
Juez puede restringir la capacidad para determinados actos de una persona mayo de 13 años que padezca una adicción o una alteración mental permanente o prolongada, en caso de que el ejercicio de su capacidad pueda resultar un daño a su persona o sus bienes.
Sistemas de apoyo al ejercicio de
la capacidad
Medida de carácter judicial o extrajudicial
que facilite a la persona que lo necesite la
toma de decisiones para dirigir su persona,
administración de sus bienes y celebrar
actos jurídicos en general
Nota:
-Apoyo: cualquier persona humana o de existencia ideal
-Las medidas tienen como objetivo promover la autonomía y facilitar la comunicación, la comprensión y la manifestación de la voluntad de la persona para el ejercicio de sus DD
SENTENCIA
Se debe pronunciar en los aspectos vinculados a la
persona cuyo interés se sigue al proceso
Nota:
-Diagnostico y pronostico
-Época en la que la situación se manifestó
-Recursos personales, familiares y sociales existentes
-Régimen para la protección, asistencia y promoción de la mayor autonomía posible
Para expedirse es imprescindible el
dictamen de un equipo
interdisciplinario
Debe determinar la extensión y alcance de la restricción y
especificar los actos que se limitan, procurando que la
afectación de la autonomía personal sea la menor posible
Debe inscribirse en el registro y queda ahi hasta que se revoque o
se amplíe. Se debe revisar como maximo cada tres años por el que
la dictó
Persona de existencia ideal
Nota:
-Entes capaces(gracias al Derecho) de adquirir DD y obligaciones
-Incapaces del ejercicio de los anteriores
Personas incapaces de
ejercicio
Tienen los DD pero son incapaces de ejercerlos
Nota:
-Personas por nacer
-Personas que no cuentan con edad y grado de madurez suficiente
-Personas declaradas incapaces por un juez
Ejercicios de los DD por la persona menor de
edad
Nota:
Menor de edad: persona que no ha cumplido los dieciocho
Adolescente :menor de edad que cumplio los trece años
Menor de edad ejerce sus DD a través de sus
representantes
Nota:
-Los que cuentan con el grado de madurez suficiente, pueden ejercer los que los que les son permitidos por el grado juridico
Derecho a ser oída en cualquier proceso judicial que le concierne y
participar en decisiones sobre su persona
Adolescente entre 13 y 16 pueden decidir por sí aquellos tratamientos no
invasivos ni que pongan en riesgo grave su vida e integridad física
A partir de los 16, adolescente es considerado como adulto para
decisiones sobre el cuidado de su propio cuerpo
Emancipación
Nota:
-Adolescente menor de 18 años contrae matrimonio
-Plena calidad de ejercicio de sus DD con ciertas limitaciones
Irrevocable
Nota:
-La nulidad del matrimonio no altera el efecto de la emancipación a menos que el cónyuge sea de mala fe
-NO altera la obligación ni el tiempo de la exigibilidad de percibir una cláusula(herencia por ej)
Actos PROHIBIDOS a la persona
emancipada
Aprobar las cuentas de sus tutores y
darles finiquito- Hacer donación de bienes
que hubiese recibido a título
gratuito-Afianzar obligaciones
Nota:
No puede realizar estas acciones ni con autorizacion judicial
Actos sujetos a autorización
judicial
Disponer de los bienes recibidos a título
gratuito
Nota:
-Se le debe otorgar autorización judicial para poder vender los bienes(cuando sea de toda necesidad)
Persona menor de edad con titulo profesional
habilitante
Nota:
-Si ha tenido el título para el ejercicio de una profesión, puede ejercerla sin autorización previa
-Tiene administración de los bienes adquiridos durante su ejercicio y puede ser sometida a juicio civil o penal por cuestiones vinculadas a ella