Normas legales vigentes que regulan
las actividades en las preparaciones
magistrales y el alcance del Regente de
Farmacia en estos.
Mediante el cual se
reglamenta el servicio
farmacéutico y se dictan
otras disposiciones.
Regula las actividades
o procesos propios
del servicio
farmacéutico.
ARTICULO N´1
DECRETO 2200 DEL 2005
Reglamenta la preparación,
distribución, dispensación,
comercialización, etiquetado, rotulado,
y empaque de los medicamentos
homeopáticos magistrales y oficinales. Y
se dictan otras disposiciones”.
Establecer las condiciones de comercialización,
distribución y venta de los medicamentos
homeopáticos y reglamentar la preparación,
comercialización, distribución, dispensación,
etiquetado, rotulado y empaque de los
medicamentos homeopáticos magistrales y
oficinales en farmacias homeopáticas a nivel
nacional.
ARTICULO N´1
DECRETO 1737 DE 2005
por el cual se modifica el
decreto 2200 de 2005 y se
dictan otras disposiciones.
Se modifica la definición de “preparación
magistral” expuesta en el artículo 3°.
ARTICULO N´1
DECRETO 2330 DE 2006
Se modifica el numeral 1 del artículo 11, el
cual dice que las farmacias-droguerías se
someterán a los procesos de recepción,
almacenamiento, dispensación,
preparaciones magistrales y la dirección
técnica de estos establecimientos estará a
cargo del regente de farmacia cuando las
preparaciones magistrales se elaboren en
preparaciones no estériles y de uso tópico.
ARTÍCULO N´2
RESOLUCIÓN 1403 DE 2007
Tiene por objeto determinar los criterios
administrativos y técnicos generales del Modelo de
Gestión del Servicio Farmacéutico y adoptar el
Manual de condiciones esenciales y procedimientos
del Servicio Farmacéutico
Protocolos para las preparaciones
magistrales y otras actividades del
servicio farmacéutico.
ARTÍCULO N´10.
por la cual se adopta el Instrumento de
Verificación de Cumplimiento de Buenas
Prácticas de Elaboración de preparaciones
magistrales y se dictan otras disposiciones.
RESOLUCIÓN 0444 DE 2008
Adoptar, para ser aplicado en todo el territorio nacional y con
carácter obligatorio, el Instrumento de Verificación de
Cumplimiento de Buenas Prácticas de Elaboración para los
Establecimientos Farmacéuticos señalados en el parágrafo 5o del
artículo 11 del Decreto 2200 de 2005 y Servicios Farmacéuticos de
Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, que elaboren
preparaciones magistrales y realicen las operaciones de
elaboración, transformación, preparaciones, mezclas, adecuación
y ajuste de concentraciones de dosis, y reenvase y reempaque de
medicamentos dentro del Sistema de Distribución de
Medicamentos en Dosis Unitaria para pacientes hospitalizados
y/o ambulatorios en casos especiales.
ARTICULO N´1
Por medio de la cual se reglamenta
la profesión de Tecnólogo en
Regencia de Farmacia y se dictan
otras disposiciones.
LEY 485 DE 1998
Determina el campo del ejercicio
profesional de regente de farmacia
ARTICULO N´2
Determina las actividades del
tecnólogo en regencia de farmacia.
ARTICULO N´3
RESOLUCIÓN NÚMERO 1478 DE 2006
Por la cual se expiden normas para el control,
seguimiento y vigilancia de la importación,
exportación, procesamiento, síntesis, fabricación,
distribución, dispensación, compra, venta,
destrucción y uso de sustancias sometidas a
fiscalización, medicamentos o cualquier otro
producto que las contengan y sobre aquellas que
son Monopolio del Estado.
FARMACOTECNIA
Erika Del Pilar
Peralta Acosta C.C
1110525999 Grupo:
152001_67