IVA IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Descripción

iva
Carla Padilla prado
Mapa Mental por Carla Padilla prado, actualizado hace más de 1 año
Carla Padilla prado
Creado por Carla Padilla prado hace alrededor de 3 años
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Resumen del Recurso

IVA IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
  1. Normativa: Ley 843 Título I, DS 21530 y RA 05-0039-99
    1. Considera el valor agregado (valor adicionado), que ha sido incorporado en cada una de las fases de la producción o comercialización de un bien o servicio y tiene como característica la figura del Débito Fiscal (impuesto a pagar) y Crédito Fiscal (importe a favor del contribuyente); es un impuesto indirecto.
      1. CUÁL ES EL OBJETO DEL IVA
        1. Venta de bienes muebles. Contratos de obras de prestación de servicios de cualquier naturaleza. Importaciones definitivas.
          1. QUIÉNES PAGAN EL IVA
            1. Quienes realizan habitualmente: Venta de bienes muebles (Ej.: Electrodomésticos, ropa, cemento, bebidas alcohólicas y otros). Alquiler de bienes muebles (Ej.: Vajillas, disfraces, vehículos, etc.) e inmuebles (Ej.: Casas, departamentos y similares). Servicios en general (Ej.: Profesionales independientes, oficios, restaurantes, karaokes, etc.). Importaciones definitivas de bienes.
          2. CÓMO SE CONTROLA EL PAGO DEL IVA
            1. Mediante la emisión de la Factura, la cual debe ser emitida en forma obligatoria a partir de Bs5.- (Cinco 00/100 Bolivianos), o por importes menores si es que el comprador lo exige.
              1. QUÉ PASA SI NO SE EMITE FACTURA
                1. El incumplimiento a esta obligación, es sancionado con la clausura del local donde no se emitió la Factura.
            2. CUÁL ES LA ALÍCUOTA DEL IVA
              1. 13% NOTA: La Venta de libros y de publicaciones oficiales; así como el Transporte Internacional de Carga (Terrestre) tienen una alícuota del 0%.
                1. CUÁNDO Y EN QUÉ FORMULARIO SE DECLARA EL IVA
                  1. Se declara cada mes, de acuerdo al último dígito de NIT: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Normativa: Ley 843 Título I, DS 21530 y RA 05-0039-99 Esta alícuota se aplica a las ventas y compras (relacionadas con la actividad ecónomica) del período (mes) que corresponde al pago del impuesto. FACTURA 0 HASTA EL 13 DE CADA MES 2 HASTA EL 15 DE CADA MES 4 HASTA EL 17 DE CADA MES 6 HASTA EL 19 DE CADA MES 8
                    1. En el Formulario: 200 V.3 Versión resumida o extendida). Los pagos deben realizarse en cualquiera de las Entidades Financieras autorizadas.
              2. QUIÉNES NO PAGAN EL IVA
                1. Venta de servicios turísticos y hospedajes a turistas extranjeros. Importaciones del cuerpo diplomático. Actividades de producción, prestación y difusión de eventos realizados por artistas nacionales efectuados en espacios y/o escenarios estatales o municipales, o aquellos que cuenten con el auspicio del Ministerio de Culturas y Turismo o de las entidades territoriales. Las exportaciones de bienes. Las mercaderías que introduzcan “bonafide”, los viajeros que lleguen al país, de conformidad a lo establecido en el arancel aduanero. Otros establecidos por Ley.
          3. EJEMPLO DE CÁLCULO
            1. será el Impuesto a declarar y pagar para el mes de agosto si: (+) Ventas del mes Bs20.000.- Débito Fiscal (13% IVCuálA Ventas) Bs2.600.- (-) Compras relacionadas con la actividad económica Bs15.000.- Crédito Fiscal (13% IVA Compras) Bs1.950.- Resultado (Débito Fiscal (Bs2.600) – Crédito Fiscal (Bs1.950)) = Bs650.- El Impuesto a declarar y pagar para el mes de agosto es Bs650.-
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