Lineamientos de un Fondo de Operacion

Descripción

lineamientos más representativos de un fondo de operación
Guillermo R Flores
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Guillermo R Flores
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Resumen del Recurso

Lineamientos de un Fondo de Operacion
  1. 2.Lineamientos Generales
    1. 2.1Cobertura

      Nota:

      • El Fondo tiene Cobertura Nacional en Instituciones Públicas de Educación Media Superior.
      1. 2,2 Población objetivo

        Nota:

        • Las Comunidades Escolares de las instituciones de nivel medio superior adscritas a los Subsistemas Centralizados, Coordinados, Estatales, Descentralizados y Autónomos (UPEMS), ubicadas en las 32 entidades federativas,
        1. 2,3 Caracteristicas de los apoyos

          Nota:

          • La naturaleza presupuestaria de los apoyos otorgados por el Fondo a sus beneficiarios es de subsidio, es decir, estos apoyos corresponden a las asignaciones de recursos federales previstas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, a través del Ramo 11. Educación Pública, específicamente, en el Programa Presupuestario U079 “Expansión de la Oferta Educativa en Educación Media Superior y Superior”,
          1. 2.3.1 Esquema 1.

            Nota:

            • Apoyo federal hasta por $25,000.00 (VEINTICINCO MIL PESOS 00/100 M.N.) sin necesidad de que la Comunidad Escolar de la UPEMS aporte recursos complementarios.
            1. 2.3.2 Esquema 2

              Nota:

              • Apoyo federal hasta por $50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), siempre y cuando la Comunidad Escolar de la UPEMS aporte recursos complementarios, ya sean monetarios o en especie, por al menos $12,500.00 (DOCE MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.).
            2. 2.4 Estructura y contenido de PAAGES

              Nota:

              • Para solicitar apoyos del Fondo, las Comunidades Escolares de las UPEMS deberán elaborar el PAAGES según la guía incluida en el Anexo II. El objetivo y actividades del proyecto deberán ser aprobados por la Comunidad Escolar.
              1. 2.4.1 Objetivo

                Nota:

                • Identificar con claridad el objetivo del proyecto, alineado a alguno de los retos a que alude el numeral 1.2 de estos Lineamientos.
                1. 2.4.2 Meta e Indicador de Evaluación

                  Nota:

                  • Para el objetivo deberá formularse una meta y un indicador, tanto para beneficiarios directos como indirectos. Estos deberán ser simples, claros y medibles, en los
                  1. 2.4.3 Descripción de las Actividades a Realizar y Apoyos Requeridos

                    Nota:

                    • Identificar con claridad el conjunto de actividades que la Comunidad Escolar deberá llevar a cabo para cumplir con el objetivo y meta planteados.
                  2. 2.5 Requisitos de Elegibilidad
                    1. 2.6 Criterios de Priorización

                      Nota:

                      • La participación del director, directora o responsable del servicio en las acciones de Formación y Actualización Directiva que coordina la COSDAC. II. El valor porcentual que resulte de la matrícula directamente beneficiada, con respecto a la matrícula total de la UPEMS. III. La fecha de recepción de los proyectos registrada en el Sistema de Captura y Revisión de Solicitudes de la SEMS. Tendrán mayor probabilidad de recibir los apoyos aquellos proyectos que se presenten primero en tiempo y cumplan con todos los requisitos de elegibilidad. IV. Que las UPEMS hayan cumplido con la comprobación de los apoyos asignados por el Fondo en el 2016.
                      1. 2.7 Procedimiento

                        Nota:

                        • A partir de la publicación de los presentes Lineamientos, las Comunidades Escolares de las UPEMS a través de los directores, directoras o responsables del servicio, deberán convocar a una Asamblea Plenaria a la que asistan integrantes de la Comunidad Escolar conformada por los padres de familia, maestros y personal directivo de la escuela. Para efectos de lo anterior, las Comunidades Escolares de las UPEMS a través de los directores, directoras o responsables del servicio, deberán elaborar la Convocatoria de acuerdo con el Modelo contenido en el Anexo III de los presentes Lineamientos y publicarla en lugares visibles y concurridos por padres de familia, docentes y personal directivo de la escuela, con una anticipación de al menos 3 (tres) días hábiles a la fecha prevista para la celebración de la Asamblea Plenaria. Se sugiere difundir dicha Convocatoria en la entrada de la escuela, la oficina del director, directora o responsable del servicio, la oficina de control escolar, entre otros espacios y mecanismos que se consideren pertinentes.
                        1. 2.8 Aplicación y Comprobación de los Apoyos

                          Nota:

                          • Los apoyos de origen federal que se otorguen a las Comunidades Escolares de las UPEMS con cargo al Fondo, podrán ser aplicados bajo una o ambas de las siguientes modalidades, de acuerdo con el PAAGES que les haya sido autorizado: Modalidad A: Materiales, Suministros y Servicios Generales Modalidad B: Equipamiento/Bienes
                        2. Ley General de Educación

                          Nota:

                          • Objetivo de mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación para que alumnos, maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director, directora o responsables del servicio, se involucren en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta.
                          1. 1.Objetivo
                            1. 3. Lineamientos Específicos
                              1. 3.1 Instancias Normativas

                                Nota:

                                • La SEMS, a través de su Titular, será la instancia competente para resolver cualquier situación no prevista en los presentes Lineamientos y para la interpretación de los mismos.
                                1. 3.2 Responsabilidades de las Instancias Participantes

                                  Nota:

                                  • La SEMS, a través de su Coordinación Sectorial de Planeación y Administración, será la responsable de la asignación y distribución de los apoyos a las Comunidades Escolares de las UPEMS.  Las Secretarías de Educación de las Entidades Federativas o sus equivalentes, así como las Direcciones Generales de los Subsistemas Centralizados, Coordinados, Estatales, Descentralizados y Autónomos, tendrán las responsabilidades que deriven del proceso de instrumentación del PAAGES y de dar seguimiento a la aplicación de los apoyos autorizados para tal efecto. Los directores, directoras o responsables del servicio, de las Comunidades Escolares de las UPEMS beneficiadas, serán los responsables de la instrumentación de los PAAGES para los que se autorizaron apoyos del Fondo, así como de rendir cuentas sobre la aplicación de los mismos.
                                2. 4. Seguimiento, Informes y Transparencia
                                  1. 4.1 Mecanismos de Seguimiento de los Apoyos Asignados del Fondo

                                    Nota:

                                    • La SEMS dará seguimiento a la aplicación de los recursos otorgados, conforme al artículo 223 del RLFPRH, a fin de vigilar que éstos no se encuentren ociosos y se apliquen para los fines establecidos en el PAAGES, a través del Seguimiento Trimestral, Acta de Asamblea de Rendición de Cuentas y el Informe Final, de otra manera ejercerá las acciones correspondientes para que dichos recursos sean reintegrados a la Tesorería de la Federación.
                                    1. 4.2 Difusión y Promoción

                                      Nota:

                                      • Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los apoyos, la SEMS difundirá los presentes Lineamientos en el portal http://www.sems.gob.mx/. La papelería y documentación oficial relacionada con el Fondo deberá incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.
                                  2. 5. Control y Auditoría
                                    1. 5.1 Instancias de Control y Vigilancia

                                      Nota:

                                      • Las Comunidades Escolares de las UPEMS beneficiadas serán responsables del uso eficiente y transparente de los apoyos que les sean otorgados con cargo al Fondo. En caso de que los apoyos federales se utilizaran para fines distintos a los autorizados, no se entregara la documentación comprobatoria del gasto o se detectara documentación falsa, la SEMS o las autoridades educativas locales darán vista inmediata a la instancia de control respectiva, así como a las demás autoridades competentes para que se realicen las investigaciones a que haya lugar y, en su caso, se determinen las responsabilidades y sanciones aplicables.
                                      1. 5.2 Información del Fondo

                                        Nota:

                                        • Con el objeto de facilitar el acceso a la información en relación con el Fondo se designa como enlace a la Coordinación Sectorial de Planeación y Administración de la SEMS, a través del correo electrónico: fondoautonomia2018@sems.gob.mx
                                        1. 5.3 Quejas y Denuncias

                                          Nota:

                                          • Las quejas o denuncias respecto de la operación del Fondo, se podrán presentar: a) En el Área de Quejas del Órgano Interno de Control en la SEP, Universidad 1074, Colonia Xoco, C.P. 03330, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México. Al teléfono 36 01 86 50 extensión 66224 (para la Ciudad de México y área metropolitana) y 01-800 22 88 368 (para el interior de la República, sin costo). b) En el Centro de Atención de Quejas y Denuncias, de la SFP al 01-800-11-28-700, en el interior de la República, al 2000 2000 en la Ciudad de México. c) A través del sitio https://www.gob.mx/sep d) En la dirección electrónica: quejas@sep.gob.mx
                                        2. 6. Vigencia

                                          Nota:

                                          • Los presentes lineamientos son aplicables a partir de la fecha de su publicación y estarán vigentes durante el ejercicio fiscal 2018.
                                          1. LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL FONDO PARA FORTALECER LA AUTONOMÍA DE GESTIÓN EN 2018PLANTELES DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR
                                            Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

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