Actividad 8. Contratación Colectiva.
Reglamento interior de trabajo.
CONTRATACION
COLECTIVA
La ley federal del trabajo lo define como el convenio que
selebra uno o varios sindicatos de trabajadores con uno o
varios patrones, o bien de uno o varios sindicatos de
patrones. Dicho contrato sera el que regule la relacion de
trabajo entre los trabajadores y el patron que lo celebre ya
que sean parte de estesindicato o no.
REQUISITOS
CONSTANCIA DE
REPRESENTATIVIDAD: Implica que
los sindicatos realmente tienen el
apoyo de los trabajadores. Los
contratos colectivos aprovados
seran registrados en los centros
de conciliacion y registro laboral y
su contenido seras publico y Los
contratos individuales de tranajo,
pueden ser por tiempo
detrerminado, por obra y por
tiempo indeterminado
REVISION Y RENEGOCIACION DE LOS CONTRATOS COLECTIVOS
Puede hacerse cada 2 años, en el caso de los
contratos por obra o tiempo determinado cuya
duracion sea menor, su revision podra hacerse
antes, sin embargo cualquiera que sea el caso, la
solicitud de revicion debera hacerse cuando
menos con 60 dias naturales de anticipacion
CAUSAS DE TERMINACION DEL CONTRATO
por mutuo consentimiento del cual sera
valido por los procesos democraticos
sindicales, por terminacion de la obra en los
casos de contratos colectivos por obra y en
los casos en que el contrato colectivo
aplique aun establecimiento o patron que
inicie un procesos de terminacion colectiva
de las relaciones del trabajo
REGLAMENTO INTERIOR DEL
TRABAJO
Reglamento interior de trabajo es el conjunto de disposiciones obligatorias para trabajadores y
patrones en el desarrollo de los trabajos en una empresa o establecimiento.
CONTENIDO
I. Horas de entrada y salida de los trabajadores, tiempo destinado para las comidas y períodos de reposo durante la jornada;
II. Lugar y momento en que deben comenzar y terminar las jornadas de trabajo; III. Días y horas fijados para hacer la
limpieza de los establecimientos, maquinaria, aparatos y útiles de trabajo; IV. Días y lugares de pago; V. Normas para el uso
de los asientos o sillas a que se refiere el artículo 132, fracción V; VI. Normas para prevenir los riesgos de trabajo e
instrucciones para prestar los primeros auxilios; VII. Labores insalubres y peligrosas que no deben desempeñar los menores
y la protección que deben tener las trabajadoras embarazadas; VIII. Tiempo y forma en que los trabajadores deben
someterse a los exámenes médicos, previos o periódicos, y a las medidas profilácticas que dicten las autoridades; IX.
Permisos y licencias; X. Disposiciones disciplinarias y procedimientos para su aplicación. La suspensión en el trabajo, como
medida disciplinaria
NORMAS DEL REGLAMENTO
I. Se formulará por una comisión mixta de representantes de los trabajadores y del patrón; II. Si las
partes se ponen de acuerdo, cualquiera de ellas, dentro de los ocho días siguientes a su firma, lo
depositará ante la Junta de Conciliación y Arbitraje; III. No producirán ningún efecto legal las
disposiciones contrarias a esta Ley, a sus reglamentos, y a los contratos colectivos y contratos-ley; y
IV. Los trabajadores o el patrón, en cualquier tiempo, podrán solicitar de la Junta se subsanen las
omisiones del reglamento o se revisen sus disposiciones contrarias a esta Ley y demás normas de
trabajo.