Presunción de
inocencia mientras
no se declare la
responsabilidad del
imputado mediante
sentencia.
Sólo la
autoridad judicial, a solicitud
del Ministerio Público, podrá
expedir órdenes de cateo, y
en ningún caso se concede
facultad al Ministerio Público
para realizar cateos son
orden del juez.
En nigún caso se podrán
intervenir aquellas
comunicaciones que
sostengan el detenido con
su defensor, ni aquellas que
violen el deber de
confidencialidad que
establezca la a ley.
Se fortalece la garantía
de defensa , para
establecer que sólo
podrá realizarse a
través de un experto en
derecho como lo es un
abogado.
Las
sentencias que
pongan fin a los
procedimientos orales
deberán ser
explicadas por el juez
en audiencia pública.
ARRAIGO.
II.- El arraigo sólo podrá decretarlo un juez y sólo en
caso de delitos de delincuencia organizada, siempre que
sea necesario para el éxito de la investigación, la
protección de bienes o personas; o cuando exista riesgo
de que el inculpado se sustraiga de la acción de la
justicia.
Quién es investigado puede tratar de
escapar, poner en peligro a la víctima, a
la sociedad y a la investigación. Ello
hace necesario arraigar a las personas
que se presuman hayan participado.
III. No puede exceder de 40 días,
prorrogable por otro término igual, si el
Ministerio Público acredita que subsisten
las causas que le dieron origen. La
constitución prevé que se puede detener
a una persona hasta 48 horas, y hasta 96
si se trata de delincuencia organizada.
DOTAR AL CONGRESO DE LA UNIÓN DE
FACULTADES EXCLUSIVAS PARA LEGISLAR
SOBE DELINCUENCIA ORGANIZADA
III. En caso de delincuencia
organizada se establecerán centros
especiales de prisión preventiva y de
ejecución de sentencias, por lo que
los reos no podrán gozar del
beneficio de compurgar su pena en
el centro más cercano a su
comunidad.
II.-Dado que la delincuencia
organizada se presenta a lo largo y
ancho del país, le resulta sencillo
operar en una entidad, huir a otra y
planear sus acciones en otra más.
Por tal motivo la reforma prevé que
sólo corresponde al Congreso y de
la de Senadores, hacer leyes que
regulen este tema.
I.- Si cada estado de la
república emite normas
para perseguir a la
delincuencia organizada,
corremos el riesgo de que
estas normas sean
contradictoria y pero aún
que nos anulen los
efectos de los otras.
APLICAR BIENES DE LA
DELINCUENCIA
ORGANIZADA A FAVOR DEL
ESTADO.
Con la reforma realizada, el juez podrá
resolver que los bienes económicos que
hayan sido producto de la delincuencia
organizada, estén a nombre de quien
estén , pasen a propiedad del Estado
El juez cuidara que no
afecten los bienes de
personas que actuaron de
buena fe.