incumplimiento del contrato, responsabilidad
extracontractual, responsabilidad de subcontratistas,
innabilidades de alguna de las partes, imprevisión
Riesgos Contractuales?
Son aquellos que son previsibles,
externos a las partes, su predisibilidad
es razonablemente calculable
Ley 1150 Decreto 734 de 2011 articulo 2.1.2 lo define como "aquellas circunstancias que de
presentarse durante el desarrollo y ejecución del contrato, tienen la potencialidad de alterar el
equilibrio económico del contrato…
Siendo imprecisa puesto que los riesgos no alteran
equilibrio económico, ya que están previstos por las partes
Al momento de contratar Articulo 4 de ley
1150: Define la obligación de identificar
posibles riesgos del contrato, deberán
incluirse en el pliego de condiciones la
“tipificación del riesgo, estimación del riesgo,
asignación del riesgo”
Estos tres pasos depende la importancia
economica que se le de al riesgo
Tipificacion
identificar aquellos eventos que puedan o
no ocurrir, (económicos, sociales o políticos,
operacionales, financieros, naturales,
ambientales, tecnológicos entre otros)
Estimacion
Se debe hacer valoración de la estimación del riesgo,
análisis entre probabilidades de que ocurra y las
consecuencias de este riesgo.
Cualitativa
Surge de la experiencia
Series históricas, análisis teoricos, consultas a medios
especializados, noticias, documentales, etc. asi como los
estudios tecnicos que permiten ser un poco mas precisos
para establecer con mayor certeza probabilidades de
ocurrencia
Cuantitativa
Estimacion tecnica, de la probabilidad del evento,
numero de ocurrencia de los eventos, entre otras.
El portal de contratación junto con el ministerio de hacienda permite mediante una
herramienta informatica estimar riesgos
Asignación
Una correcta asignación de riesgos debe minimizarlos costos de
mitigacion, se deben encargar a la parte que mejor los maneje. Dice el
conpes"por la parte que esta en mejor disposición de evaluarlos
controlarlos y administrarlos.