Regulado de la Ley de Educación Nacional- Guatemala
Educación Escolar
Nota:
Se conforma con los niveles, ciclos, grados y etapas
Según el Art. 29: Se conforma con los niveles, ciclos, grados y
etapas
3er. Nivel: Educación Primaria
Del 1ro. al 6to. Grado, Educación
acelerada para adultos de 1ra. a la 4ta.
Etapas.
2do. Nivel: Educación Preprimaria
Párvulos 1,2,3
4to. Nivel: Educación Media
Ciclo de Educación Básica Ciclo
de Educación Diversificada.
1er. Nivel: Educación Inicial
Extraescolar o Paralela
Es una forma de realización del proceso educativo, que el
Estado y las instituciones proporcionan a la población que
ha estado excluida o no ha tenido acceso a la educación
escolar y a las que habiéndola tenido desean ampliarlas. (Art. 30)
CARACTERISTICAS
(Art. 31º)
1. Modalidad de entrega educacional
enmarcada en principios
didáctico-pedagógicos
Modalidades de la
Educación
Según el Titulo IV, Ley de
Educación son: Inicial,
experimental, especial,
estética, a distancia, bilingüe,
física, acelerada para adultos y
por madurez
2. No está sujeta a un orden rígido de
grados, edades ni a un sistema inflexible de
conocimientos
3. Capacita al educando en el desarrollo de
habilidades sociales, culturales y
académicos.
Ley de Educación Nacional Decreto Legislativo No.
12-91 Vigencia: 12 de enero de 1991 EL
CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA