Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política,
administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad,
subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana.
Garantizará el ordenamiento territorial.
Los gobiernos autónomos
descentralizados se regirán por
la ley correspondiente para
compensar los desequilibrios
territoriales.
Capitulo segundo
Garantizará el ordenamiento territorial
y será obligatoria en todos los gobiernos
autónomos descentralizados.
Ya sean para asentamientos
humanos, actividades productivas o de
protección de los recursos naturales
Por razones de conservación ambiental, étnico-culturales o de población.
Con la finalidad de mejorar la gestión de sus competencias y favorecer sus procesos de integración.
El territorio de las provincias amazónicas tendrán una planificación integral recogida en una ley que
incluirá aspectos sociales, económicos, ambientales y culturales, con un ordenamiento territorial que
garantice la conservación y protección de sus ecosistemas y el principio del sumak kawsay.
Capítulo tercero
Cada región autónoma elegirá por votación a su consejo regional y a su
gobernadora o gobernador regional, que lo presidirá y tendrá voto dirimente.
Mecanismos de participación
ciudadana para la población rural y
urbana.
Cada provincia tendrá un consejo
provincial con sede en su capital.
Cada cantón tendrá un concejo cantonal.
En el marco de la organización político administrativa
podrán conformarse circunscripciones territoriales
indígenas o afroecuatorianas.
La provincia de Galápagos tendrá un gobierno de
régimen especial, para conservación del patrimonio
natural del Estado y del buen vivir.
Precautelar la
biodiversidad del
ecosistema amazónico
Capítulo
cuarto
Las políticas económica, tributaria, aduanera, arancelaria; fiscal y monetaria; comercio exterior y endeudamiento..
Las áreas naturales protegidas
y los recursos naturales.
Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón.
Los recursos energéticos; minerales, hidrocarburos, hídricos, biodiversidad y recursos forestales.
Preservación de la
biodiversidad y la
protección del ambiente.
El control y administración de las empresas públicas nacionales.
Controlar la explotación de
materiales áridos y pétreos.
Gestionar el ordenamiento de cuencas hidrográficas.
Planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego.
Fomentar las actividades
productivas regionales.
Fomentar la actividad agropecuaria.
Fomentar la
seguridad alimentaria
regional.
Capítulo quinto
Gobiernos autónomos descentralizados participarán de al
menos el quince por ciento de ingresos permanentes.
Recursos económicos.
Los gobiernos autónomos descentralizados generarán
sus propios recursos financieros y participarán de las
rentas del Estado, de conformidad con los principios
de subsidiariedad, solidaridad y equidad.
Los gobiernos autónomos descentralizados en cuyo territorio se
exploten o industrialicen recursos naturales no renovables tendrán
derecho a participar de las rentas que perciba el Estado por esta
actividad, de acuerdo con la ley.
Desarrollo organizado, sostenible y dinámico
de los sistemas económicos, políticos,
socio-culturales y ambientales, que
garantizan la realización del buen vivir.
Reforma Agraria
Es el resultado de una lucha
por lograr la justicia social para
el pueblo ecuatoriano.
Buscó la creación unidades productivas de
tamaño adecuado que permitan una eficiente
combinación de los factores productivos.
Proceso evolutivo de la agricultura y más en
zonas rurales.
Fomento, desarrollo y protección
integrales del sector agrario que
garantice la alimentación de todos los
ecuatorianos e incremente la
exportación de excedentes, en el marco
de un manejo sustentable de los
recursos naturales y del ecosistema.
Conduciría a una sociedad rural más
equitativa y que llevaría el progreso
económico a las zonas agrícolas.
Modifica la propiedad y la explotación de la tierra.
Desconcentrar la propiedad de las tierras (latifundio) y
alcanzar mayores cuotas de producción agrícola a través
del uso de nuevas tecnologías.
Creación de múltiples unidades productivas
donde había antes tierras ociosas.
Bibliografía:
Constituyente, A. N. (20 de Octubre de 2008). CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR 2008. Obtenido de
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR 2008: https://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_ecu_const.pdf
Equipo editorial, E. (05 de Agosto de 2021). "Reforma agraria". Obtenido de Concepto: https://concepto.de/reforma-agraria/.