cuando el revisor fiscal obtiene
seguridad razonable de que los
estados financieros han sido
preparados en todos los aspectos
de conformidad con el marco
normativo que aplique la entidad.
OPINION CON SALVEDADES
cuando el revisor fiscal obtiene evidencia
suficiente y adecuada de que existen
incorrecciones materiales, pero no
generalizadas en los estados financieros. las
salvedades son las excepciones particulares
que el auditor realiza sobre una o mas
afirmaciones genericas del dictamen estandar,
normal o no calificado.
se emite una opinion con salvedades
cuando el auditor concluye que no
puede emitir una opinion limpia o no
calificado, pero que el efecto de
cualquier desacuerdo incertidumbre o
limitacion al alcance, no es tan
importante que requiera una opinion
negativa o una abstencion de opinion.
la frase exepto por
generalmente se una en caso de
salvedades relativas a
desacuerdos con la
administracion respecto de los
estados financieros se presentan
razonablemente de conformidad
con los principios de
contabilidad de general
aceptacion.
OPINION ADVERSA O DE ABSTENCION
DESFAVORABLE (ADVERSA)
el auditor expresa una
opinion desfavorable
(adversa) cuando,
habiendo obtenido
evidencia de auditoria
suficiente y adecuada,
concluya que las
incorrecciones,
individualmente o de
forma agregada, son
materiales y generalizadas
en os estados financieros.
DENEGACION(ABSTENCION)
el auditor denegara la
opinion (se abstendra de
opinar) cuando no pueda
obtener evidencia de
auditoria suficiente y
adecuada en la que basar su
opinion y concluya que los
posibles efectos sobre los
estados financieros de las
desviaciones
(incorrecciones) no
detectadas, si las hubiera,
podrian ser materiales y
generalizados.
el auditor denegara
la opinion (se
abstendra de
opinar) cuando en
circunstancias
extremadamente
poco frecuentes
que supongan la
existencia de
multiples
incertidunbres,
FORMA DE LA OPINION segun la NIA 700,
el objetivo del auditor es expresar su
opinion con claridad a travez de un
dictamen o informe escrito que
manifieste el sustento de la opinión, este
dictamen puede ser
OPINION MODIFICADA
el autor emitira esta opinion
cuando concluya que los estados
financieros no estan libres de
incorreccion material o cuando no
haya obtenido evidencia suficiente
para concluir que estan libres de
incorreccion material, sea
generalizada o no.
en el desarrollo de sus
funciones el auditor y o
revisor fiscal tiene la
posibilidad de emitir
una opinion modificada
cuando las condiciones
presentadas durante el
proceso de auditoria no
le permiten presentar
un informe con opinion
favorable.