se considera como la rama del derecho que tiene a su analizar y controlar las normas de carácter fundamental que rigen la vida de un Estado, señalando los objetivos de una sociedad, la división de los poderes su respectiva conformación.
ANTECEDENTES DEL DERECHO
CONSTITUCIONAL
Nota:
Las primeras catedras respecto a la disciplina del derecho constitucional se remontan af del siglo XVIII, cuando el ejercito de Napoleón Bonaparte se encontró en territorio italiano (1796), quienes creyeron que el donde se concibió la tradición jurídica de Roma era propicio para enseñar los principios libertad y de individualismo con los ue bia triunfado la revolución.
CON BASE A UN
ENFOQUE
CONCEPTUAL DE
FIX- ZAMUDIO-
TECNICA DE
LIBERTAD Y
TECNICA DE
PODER
TECNICA DE PODER : CIENCIA DE LAS
REGLAS JURÍDICAS SOBRE LAS
CUALES SE FUNDA , EJERCE ,
DIFUNDE EL PODER POLÍTICO.
COMO TÉCNICA DE LIBERTAD ES HACERLO COMO
UN PROCEDIMIENTO PARA GARANTIZAR LA
LIBERTAD POLITICA.
VINCULACIÓN DENTRO
DEL CONTEXTO DE LAS
INSTITUCIONES
POLITICAS
LA CIENCIA DEL DERECHO
CONSTITUCIONAL SE ENCARGA DEL
ESTUDIO DE LAS LLAMADAS FUERZAS
POLITICAS Y SOCIALES: INSTITUCIONES
DE CARÁCTER POLITICO QUE SE
ENCUENTRAN DENTRO DE UN TEXTO
NORMATIVO FUNDAMENTAL POR EL
IMPULSO QUE HAN REALIZADO AL
SISTEMA COSTITUCIONAL.
INSTRUMENTO DE CONTROL Y
LIMITACIÓN DE PODER
LA CONSTITUCIÓN, COMO EL DOCUMENTO QUE
CONTEMPLA DERECHOS Y OBLIGACIONES FUNGE
COMO UN INSTRUMENTO DE CONTROL Y LIMITACIÓN
DE PODER PARA ORIENTAR, LIMITAR Y ESTABLECER UN
CONTROL DE PODER CON EL OBJETIVO PRINCIPAL DE
QUE LAS PERSONAS QUE GOBIERNEN EL ESTADO NO
UTILICEN SU MANDATO EN BENEFICIO PARTICULAR ,
SINO PARA BENEFICIO DEL PUEBLO.
CONSTITUCIÓN ABIERTA
SE BASA EN LA CONCEPCIÓN QUE UNA CONSTITUCIÓN DEBE
REALIZARSE A TRAVES DE NORMAS MARCO QUE PERMITAN LA
PLURALIDAD DE IDEAS , ES DECIR NO ES UN TEXTO RIGIDO Y
ORDENADOR. ESTO TIENE EL PROPOSITO DE OTORGAR
ESPACIOS PARA PROYECRTOS Y OPCIONES IDEOLOGICAS QUE
PUEDAN MANTENER LOS DIVERSOS GRUPOS SOCIALES ; DE
IGUAL FORMA , SIRVE PARA ADAPTARSE A TODAS LAS
EVOLUCIONES SOCIALES , POLITICAS, Y ECONOMICAS PARA
ASEGURAR SU EXISTENCIA Y EFICACIA
ES RECEPTORA DE IDEOLOGIAS O APORTACIONES SIGNIFICANTES DE
SISTEMAS JURÍDICOS DE OTRAS NACIONES O DE LAS NORMAS QUE
SEAN DE CARACTER INTERNACIONAL
VALORES CONSTITUCIONALES
IDENTIFICAR EL SISTEMA POLÍTICO.
DESCRIBIR EL ACUERDO ESENCIAL DE UNA
COMUNIDAD NACIONAL
SERVIR COMO GUÍA PARA LA INTERPRETACIÓN PARA EL
ORDENAMIENTO PRIMARIO
FUNCION UNIFICADORA DEL
ORDENAMIENTO JURÍDICO.
EL MAXIMO ORDENAMIENTO JURÍDICO CONSTITUCIONAL DEBE
DESEMPEÑAR UNA FUNCIÓN UNIFICADORA , CUYO PROPOSITO ES
CONDICIONAR Y, POR TANTO CONTENER LOS DESARROLLOS
CONTRADICTORIOS DE LA PRODUCION DEL DERECHO GENERADOS
POR LOS CAMBIOS, TRANSFORMACION, EVOLUCIONES Y
OCASIONALIDAD DE LAS PRESIONES SOCIALES QUE SE EJERCEN
SOBRE EL MISMO.
DERECHO DEMÓTICO
Nota:
SE ENCARGA DE LA COMPOSICIÓN HUMANA, POR EJEMPLO, DE LOS DERECHOS CIVILES Y POLITICOS DE LOS CIUDADANOS MEXICANOS,
DERECHO CONSTITUCIONAL POLÍTICO:
Nota:
SE ENCARGA DE LA ESTRUCTURA POLÍTICA DIVISIÓN DE PODERES) Y LA FORMA DE ORGANIZARSE LAS AUTORIDADES SUPERIORES.
DERECHO CONSTITUCIONAL ADMINSITRATIVO
Nota:
ÓRGANOS DE GOBIERNO INTERMEDIO Y COLECTIVIDADES TERRITORIALES.
DERECHO CONSTITUCIONAL JURIDICCIONAL
Nota:
SE REFIERE A LA ORGANIZACIÓN DE LA JUSTICIA.
DISCIPLINAS
Nota:
LA AUTONOMÍA
DIDÁCTICA O METODOLÓGICA.
CUENTA CON UNA GRAN CANTIDAD DE APORTES IDEOLOGICOS Y JURÍDICOS.
DERECHO CONSTITUCIONAL
PROCESAL
GARANTIAS DE LAS PARTES
Nota:
Se refiere al derecho que tienen las personas para solicitar la protección jurisdiccional. Se encuentra positivizada dentro del máximo ordenamiento jurídico.
ACCIÓN PROCESAL
Nota:
Derecho de acción con el cuentan los gobernados para solicitar al Estado la prestación jurisdiccional.
DERECHO DE DEFENSA O
DEBIDO PROCESO LEGAL.
JURISDICCÍON
Nota:
ES UNA ACTIVIDAD DEL PROPIO ESTADO QUE SE IMPARTE POR MEDIO DEL PROCESO, PUEDE SER CONSIDERADO , DESDE EL PUNTO DE VISTA ESTATICO, COMO AQUEL ATRIBUTO DE LA SOBERANIA DEL ESTADO O, DESDE UN ANGULO DINÁMICO, POR EL PARALELISMO QUE EXISTE DE LA PROPIA JURISDICCIÓN CON EL PROCESO (ALCALA-ZAMORA 1992)
GARANTIAS JUDICIALES
Nota:
iNSTRUMENTOS INSTAURADOS POR LAS NORMAS CONSTITUCIONALES QUE TIENEN EL OBJETIVO DE ALCANZAR LA INDEPENDENCIA Y LA IPARCIALIDAD DEL JUZGADOR. ESTAS GARANTÍAS SE UTLIZAN PARA BENEFICIO DE LOS JUSTICIABLES. EL INDEPENDIENTE, IMPARCIAL Y ESTABLECIDO POR LA LEY.
ESTABILIDAD
Nota:
Aquellos medios que se traducen en la permanencia de forma determinada o indefinida de los juzgadores( jueces o magistrados ). en este instrumento se encuentra la inamovilidad de los juzgadores, es decir , la designación puede ser de manera indefinida o hasta la edad de retiro, incluso algunos cargos pueden ser de forma vitalicia.
REMUNERACIÓN
Nota:
Existe un pago por el desempeño de sus funciones.
RESPONSABILIDAD
Nota:
Aquellos jueces que cometan errores injustificables, faltas o ilícitos en el ejercicios de sus funciones serán sometidos a un procedimiento para determinar e imponer una sanción . Existe la responsabilidad de carácter político cuando los juzgadores se interponen en los instrumentos de justicia constitucional. Los tipos de responsabilidad pueden ser patrimonial, administrativa o disciplinaria y penal.
AUTORIDAD
Nota:
Se considera la facultad de los juzgadores para que, mediante instrumentos jurídicos, puedan hacer respetar sus resoluciones y a través del auxilio de la fuerza pública logre el cumplimiento de mismos.
DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL,
Nota:
SE CONSIDERA COMO EL CONJUNTO DE HERRAMIENTAS PROCESALES DETALLADAS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS PRECEPTOS CONSTITUCIONALES. SU OBJETO ESENCIAL ES EL ANÁLISIS DE LAS GARANTIAS CONSTITUCIONALES , EN OTRAS PALABRAS , ES EL ESTUDIO DE LOS INSTRUMENTOS DE CARACTERISTICA PROCESAL QUE SE ENCUENTRAN ENFOCADOS A REINTEGRAR EL ORDEN CONSTITUCIONAL CUANDO HAYA SIDO DESCONOCIDO O VIOLADO POR LOS ORGANOS DE PODER.
SIGUE LOS
LINEAMINETOS DEL
DOGMA O DE LA
DOCTRINA GENERAL
DEL DERECHO
PROCESAL.
ANALIZA LOS MECANISMOS DE
PROTECCIÓN DE LAS NORMAS
CONSTITUCIONALES