Es el derecho que tiene la persona a impedir que un tercero pueda captar, reproducir o publicar su imagen sin autorización.
Ahora ¿qué son los
Derechos Humanos?
Nota:
Los Derechos Humanos son conquistas de los grupos sociales frente a la autoridad estatal, la cual reconoce los conceptos de dignidad que ellos representan.
Lo encontramos en los artículo 20 de la Constitución que, establece que las fotografías, estatuas, cuadros y demás formas artísticas que representen a una persona, se considerará de propiedad de ésta.
Art 21. Prevé la posibilidad de comercialización y libre publicación siempre y cuando exista consentimiento de esta última.
También en:
Nota:
La ley 17011 establece la nulidad relativa de aquellas marcas que contengan el retrato de una persona sin su autorización.
Además...
Nota:
El artículo 11 del Código de la Niñez y Adolescencia prevé una custodia del derecho a la imagen del niño para cuando se utilice lesivamente.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.