Definición Derecho Internacional Humanitario (Elizabeth Salmón)

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Resumen del Recurso

Definición Derecho Internacional Humanitario (Elizabeth Salmón)
  1. DIH o ius in bello, no permite ni prohíbe los conflictos armados, tanto internacionales como internos, pero una vez suscitado tiende a humanizarlos y limitar sus efectos a lo estrictamente necesario. Protege la dignidad e integridad de las personas
    1. No corresponde al DIH determinar las situaciones en las que resulta valido el recurso a la fuerza armada, es decir el ius ad bellum o derecho hacer la guerra
      1. Conflicto armado
        1. Tribunal penal para la Ex Yugoslavia en el caso Dusko Tadic, cuando se recurre a la fuerza entre estado o hay una situación de violencia armada prolongada entre autoridades gubernamentales y grupos armados organizados, o entre estos grupos dentro de un estado
          1. Tribunal penal para Ruanda, casos Akayesu y Musema, existencia de hostilidades entre fuerzas armadas organizadas en mayor o menor medida
          2. Clases de conflicto armado
            1. Internacional
              1. No Internacional
                1. Convenios de Ginebra y Protocolos
                2. Internos internacionalizados
                  1. Tercera generación
                  2. DIH y el Derecho Internacional de Derechos Humanos DIDH, comparten a pesar de las diferencias existentes, una filosofía común que consiste en la preservación y protección del ser humano
                    1. El carácter general o consuetudinario del DIH se manifiesta a través de la cláusula Martens
                      1. "En espera de que un código más completo de las leyes de la guerra pueda ser dictado, las Altas Partes Contratantes juzgan oportuno hacer constar que, en los casos no comprendidos en las disposiciones reglamentarias adoptadas por ellas, los pueblos y los beligerantes permanecen bajo la salvaguardia y el régimen de los principios del Derecho de Gentes, tales como resultan de los usos establecidos entre las naciones civilizadas, de las leyes de humanidad y de las exigencias de la conciencia pública"
                      2. Los Tratados de DIH, tiene carácter obligatorio -ius cogens-, es decir, el estado que es parte de un tratado en general y de un tratado de DIH en particular, incurrirán en responsabilidad internacional si incumplen sus disposiciones
                        1. Las normas de DIH tienen el carácter de imperativo, pese a ello se violentan sus normas
                          1. Interpretación normas DIH
                            1. Método negativo, el que algo no esté prohibido no significa que esté permitido, porque existen disposiciones generales que no solo sustentan sino que imponen límites a la actuación de los que se enfrentan
                              1. Método positivo, no debe agotarse en el método de interpretación general, sino que debe responder a algunos criterios hermenéuticos -pro homine-
                          2. Fuentes del DIH
                            1. Los Tratados
                              1. La Costumbre
                              2. Principios rectores del DIH
                                1. Distinción, solo los que participan en las hostilidades y los objetivos militares pueden ser objeto de ataques
                                  1. Humanidad, respetar y tratar a todas las personas con humanidad
                                    1. Objetivo militar, se puede atacar bienes que contribuyan a la acción militar, que representa para el otro bando una ventaja militar definida
                                      1. Proporcionalidad, el efecto entre los medios y métodos de combate, no deben ser desproporcionados con la ventaja militar que se busca
                                        1. Necesidad militar, justifica aquellas medidas de violencia militar que son necesarias y proporcionadas para garantizar el rápido sometimiento del enemigo, con el menor costo posible en vidas humanas y recursos económicos
                                          1. Limitación, el derecho a elegir métodos de combate no es ilimitado
                                            1. Protección del ambiente
                                2. El Derecho de la Haya, El Derecho de Ginebra y El Derecho de Nueva York, aplicables en conflictos armados
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