sistema híbrido de derecho civil anglosajón y mexicano

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Resumen del Recurso

sistema híbrido de derecho civil anglosajón y mexicano
  1. SISTEMA HIBRIDO DE DERECHO CIVIL Y ANGLOSAJON
    1. En este se encuentran presentes varios sistemas, provenientes de antecedentes históricos en las cuales dedibo a causas de colonización y sus costumbres las cuales produjeron combinaciones o mesclas jurídicas, que por su misma combinación se les llaman mixtos o hibridos, por lo cual son difíciles de clasificar jurídicamente.
      1. Sus combinaciones son: Neo romanistas, Common law y religiosos
        1. No siempre existe clasificación escrita en el sistema anglosajón.
          1. En el sistema híbrido del derecho civil sus leyes siempre están escritas.
    2. SISTEMA JURIDICO MEXICANO
      1. Se conforma por leyes e instituciones, que se basaron en el derecho romano-Germánico.
        1. Existe división de poderes: Ejecutivo, legislativo y judicial.
          1. La creación del derecho es en base a: la ley, la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina y los principios generales del derecho.
            1. Proviene de un proceso legislativo por lo cual es escrito, contiene normas de vigencia, derrogación y abrogación determinandas.
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