PRINCIPIOS DE ACCIÓN DEL
ESTADO SOBRE LA SALUD
SEXUAL Y REPRODUCTIVA
Nota:
Clarifican el sentido y alcance de la Política o sus contenidos, son la base que permite sus posteriores desarrollos sin alejarse de los intereses que le dieron origen, deben ser interiorizados por toda la población en su doble función de demandante de servicios y garantes de derechos.
La sexualidad es una condición
humana.
Porque comprende:
Estructuras fisiológicas
Actividad sexual
Identidad de género
Orientación sexual
El ertismo
El placer
La intimidad y la
reproducción
Igualdad y Equidad.
Aceptación
Justicia social
Aceptación de la
condición humana
Igualdad en la diferencia
Diversidad y no
discriminación.
Igualdad
No discriminación
Homosexualismo
Heterosexualismo
Bisexualismo
Libertad
Diferenciación entre sexualidad
y reproducción.
Desarrollo individual
Independientes
Sexualidad: expresión de
deseos, pensamientos
Reproducción: procreación
Libertad sexual y libertad
reproductiva.
Decisiones personales
Libertad individual
Voluntad
Asunción de límites
Conocimiento
Consecuencias de la
desición
Vinculación entre los derechos sexuales y los
derechos reproductivos y el marco normativo.
Autonomía
Justicia
Libertad
Beneficiencia
Respeto por las diferencias
Sexualidad entre pares
Reconocimiento de las acciones para la
garantía de los derecho.
Respeto
Promoción
Protección
Exigibilidad
Responsabilidad en los ámbitos de la sexualidad y
la reproducción.
Individuales y sociales
Entendidas por las personas e instituciones
con procesos de información y garantia de
las libertades
Corresponsabilidad
Estado
Familias
Sociedad
Integralidad para la garantía de los
derechos sexuales y los derechos
reproductivo.
Servicios y atención organizados.
Prestados de manera integral.