PRINCIPIO DE PUBLICIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO

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PRINCIPIO DE PUBLICIDAD ACTO ADMINISTRATIVO
LILIANA AREVALO
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LILIANA AREVALO
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Resumen del Recurso

PRINCIPIO DE PUBLICIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO
  1. COMUNICACIONES
    1. por cualquier medio eficaz
    2. PUBLICACIONES
      1. actos administrativos generales
        1. Diario Oficial
          1. Gacetas territoriales
        2. NOTIFICACIONES
          1. mecanismo de relación directa y carácter específico entre la administración y la persona respecto de la cual el acto debe producir efectos jurídicos
            1. personal
              1. citación
                1. medios electrónicos
                  1. estrados
                    1. por aviso
                    2. Los actos de inscripción realizados por las entidades encargadas de llevar registros públicos se entenderán notificados el día en que se efectúe la correspondiente anotación
                    3. EFECTOS
                      1. eficacia
                        1. oponibilidad
                          1. fijar términos
                            1. para la caducidad
                              1. para interponer recursos
                                1. RECURSOS CONTRA LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
                                  1. ACTOS ADMINISTRATIVOS DEFINITIVOS
                                    1. reposición
                                      1. ante quien expidió la decisión para que la aclare, modifique, adicione o revoque.
                                      2. apelación
                                        1. ante el inmediato superior administrativo o funcional con el mismo propósito, que el de reposición
                                        2. queja
                                          1. cuando se rechace la apelación
                                        3. REQUISITOS
                                          1. por escrito o por medios electrónicos
                                            1. interponerse dentro del plazo legal
                                              1. sustentarse de forma concreta
                                                1. Solicitar y aportar las pruebas que se pretende hacer valer.
                                                  1. Indicar el nombre y la dirección del recurrente, así como la dirección I electrónica si desea ser notificado por este medio
                                                  2. OPORTUNIDAD Y PRESENTACIÓN
                                                    1. recursos reposición y apelación
                                                      1. los recursos de reposición y apelación deberán interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicación, según el caso
                                                      2. contra actos presuntos
                                                        1. podrán interponerse en cualquier tiempo, salvo en el evento en que se haya acudido ante el juez.
                                                        2. Los recursos se presentarán ante el funcionario que dictó la decisión, salvo lo dispuesto para el de queja, y si quien fuere competente no quisiere recibirlos podrán presentarse ante el procurador regional o ante el personero municipal, para que ordene recibirlos y tramitarlos, e imponga las sanciones correspondientes, si a ello hubiere lugar.
                                                        3. TRÁMITE DE LOS RECURSOS Y PRUEBAS
                                                          1. se tramitarán en efecto suspensivo
                                                            1. Los recursos de reposición y de apelación deberán resolverse de plano, a no ser que al interponerlos se haya solicitado la práctica de pruebas, o que el funcionario que ha de decidir el recurso considere necesario decretarlas de oficio
                                                              1. cuando con un recurso se presenten pruebas, si se trata de un trámite en el que interviene más de una parte, deberá darse traslado a las demás por el término de cinco (5) días
                                                                1. Cuando sea del caso practicar pruebas, se señalará para ello un término no mayor de treinta (30) días. Los términos inferiores podrán prorrogarse por una sola vez, sin que con la prórroga el término exceda de treinta (30) días
                                                                  1. en el acto que decrete la práctica de pruebas se indicará el día en que vence el término probatorio
                                                                  2. transcurrido un plazo de dos (2) meses, contados a partir de la interposición de los recursos de reposición o apelación sin que se haya notificado decisión expresa sobre ellos, se entenderá que la decisión es negativa
                                                            2. dar a conocer el acto administrativo
                                                              1. al público
                                                                1. a los interesados
                                                                Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

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                                                                ACTO ADMINISTRATIVO
                                                                Marii Salcedo
                                                                ACTO ADMINISTRATIVO
                                                                Lädy Salcedo
                                                                El acto administrativo: concepto y clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez de los actos administrativos.
                                                                Joaquín Calatayud Gutiérrez
                                                                TEORÍA DEL ACTO ADMINISTRATIVO
                                                                Hiram Zenitram
                                                                Administración pública y los ciudadanos
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                                                                nayeli cibrian