Sistema General de Riesgos Laborales

Descripción

Sistema General de Riesgos Laborales
Enrique Giraldo
Mapa Mental por Enrique Giraldo, actualizado hace más de 1 año
Enrique Giraldo
Creado por Enrique Giraldo hace alrededor de 8 años
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Resumen del Recurso

Sistema General de Riesgos Laborales
  1. Definición

    Nota:

    • Ley 1562 de 2012. Articulo 1.
    1. Objetivos
      1. Promoción y prevención en mejora de las condiciones de trabajo y salud del trabajador protegiéndolo de los riesgos (físicos, químicos, biológicos, ergonómicos, psicosociales, de saneamiento y de seguridad) que afecten la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo
        1. Fijar las prestaciones de atención de la salud de los trabajadores y las prestaciones económicas por incapacidad temporal frente al accidente de trabajo y enfermedad Laboral
          1. Reconocer y pagar a los afiliados las prestaciones económicas por incapacidad permanente parcial o invalidez, derivadas de las contingencias de accidente de trabajo o enfermedades profesionales y muerte de origen profesional
            1. Fortalecer actividades para establecer el origen de los accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y el control de los agentes de riesgos
            2. Características
              1. Dirigido, orientado, controlado y vigilado por el Estado
                1. Las entidades administradoras del SGRL afilian y administran el sistema
                  1. Los empleadores deben afiliarse al SGRL
                    1. Afiliación de los trabajadores dependientes obligatoria para los empleadores
                      1. El empleador que no afilie a sus trabajadores al SGRL tiene sanciones legales y será responsable de las prestaciones
                        1. Selección libre y voluntaria de las entidades que administran el sistema por parte del empleador
                          1. Trabajadores afiliados tienen derecho al reconocimiento y pago de las prestaciones
                            1. Las cotizaciones al SGRL son a cargo del empleador
                              1. La relación laboral implica la obligación de pagar las cotizaciones
                                1. Los empleadores y trabajadores afiliados al ISS, u otro fondo o caja previsional o de seguridad social, continúan afiliados al SGRL
                                  1. La cobertura del sistema inicia desde el día calendario siguiente a la afiliación
                                    1. Los empleadores solo podrán contratar el cubrimiento de los riesgos laborales de todos sus trabajadores con una sola entidad administradora de riesgos laborales
                                    2. Accidente de trabajo

                                      Nota:

                                      • Ley 1562 de 2012. Articulo 3.
                                      1. Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte
                                        1. Aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo
                                          1. El que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador
                                            1. El ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función
                                              1. El que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador
                                              2. Enfermedad laboral

                                                Nota:

                                                • Ley 1562 de 2012. Articulo 4.
                                                1. La contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar
                                                2. Seguridad y Salud en el Trabajo
                                                  1. Disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones
                                                  2. Riesgos Profesionales
                                                    1. Son Riesgos Profesionales el accidente que se produce como consecuencia directa del trabajo o labor desempeñada, y la enfermedad que haya sido catalogada como profesional por el Gobierno Nacional
                                                    2. Afiliados
                                                      1. En forma obligatoria
                                                        1. Los trabajadores dependientes, vinculados mediante contrato de trabajo escrito o verbal y los servidores públicos; las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, con una duración superior a un mes y con precisión de las situaciones de tiempo, modo y lugar en que se realiza dicha prestación
                                                          1. Las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado son responsables del proceso de afiliación y pago de los aportes de los trabajadores asociados
                                                            1. Los jubilados o pensionados, que se reincorporen a la fuerza laboral como trabajadores dependientes, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores públicos
                                                              1. Los estudiantes de todos los niveles académicos de instituciones educativas públicas o privadas que deban ejecutar trabajos que signifiquen fuente de ingreso para la respectiva institución o cuyo entrenamiento o actividad formativa es requisito para la culminación de sus estudios, e involucra un riesgo ocupacional
                                                                1. Los trabajadores independientes que laboren en actividades catalogadas por el Ministerio de Trabajo como de alto riesgo. El pago de esta afiliación será por cuenta del contratante
                                                                  1. Los miembros de las agremiaciones o asociaciones cuyos trabajos signifiquen fuente de ingreso para la institución
                                                                    1. Los miembros activos del Subsistema Nacional de primera respuesta y el pago de la afiliación será a cargo del Ministerio del Interior
                                                                    2. En forma voluntaria
                                                                      1. Los trabajadores independientes y los informales, diferentes de los establecidos en el literal a) del presente artículo, podrán cotizar al Sistema de Riegos Laborales siempre y cuando coticen también al régimen contributivo en salud y de conformidad con la reglamentación que para tal efecto expida el Ministerio de Salud y Protección Social en coordinación con el Ministerio del Trabajo en la que se establecerá el valor de la cotización según el tipo de riesgo laboral al que está expuesta esta población
                                                                    3. Responsabilidades
                                                                      1. Del Empleador
                                                                        1. Del pago de la totalidad de la cotización de los trabajadores a su servicio
                                                                          1. Trasladar el monto de las cotizaciones a la entidad ARL correspondiente en los plazos reglamentados
                                                                            1. Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores y de los ambientes de trabajo
                                                                              1. Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del programa de salud ocupacional de la empresa, y procurar su financiación
                                                                                1. Notificar a la entidad administradora a la que se encuentre afiliado, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales
                                                                                  1. Registrar ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el comité paritario de salud ocupacional o el vigia ocupacional correspondiente
                                                                                    1. Facilitar los espacios y tiempos para la capacitación de los trabajadores a su cargo en materia de salud ocupacional y para adelantar los programas de promoción y prevención a cargo de las ARL’s
                                                                                      1. Informar a la ARL a la que esta afiliado, las novedades laborales de sus trabajadores, incluido el nivel de ingreso y sus cambios, las vinculaciones y retiros
                                                                                      2. Del Trabajador
                                                                                        1. Procurar el cuidado integral de su salud
                                                                                          1. Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud
                                                                                            1. Colaborar y velar por el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los empleadores
                                                                                              1. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de la empresa y asistir periódicamente a los programas de promoción y prevención adelantados por las ARL
                                                                                                1. Participar en la prevención de los riesgos profesionales a través de los comités paritarios de salud ocupacional, o como vigías ocupacionales
                                                                                                  1. Los pensionados por invalidez por riesgos profesionales, deberán mantener actualizada la información sobre su domicilio, teléfono y demás datos que sirvan para efectuar las visitas de reconocimiento
                                                                                                    1. Los pensionados por invalidez por riesgos profesionales, deberán informar a la entidad ARL correspondiente, del momento en el cual desaparezca o se modifique la causa por la cual se otorgó la pensión
                                                                                                  2. Cotizaciòn
                                                                                                    1. Determinaciòn
                                                                                                      1. a) La actividad económica; b) Un indicador de variación del índice de lesiones incapacitantes y de la siniestralidad de cada empresa; c) El cumplimiento de las políticas y el plan de trabajo anual del programa de salud, ocupacional de empresa elaborado con la asesoría de la administradora de riesgos profesionales correspondiente y definido con base en los indicadores de estructura, proceso y resultado que establezca el Gobierno Nacional
                                                                                                      2. Obligatoriedad
                                                                                                        1. Durante la vigencia de la relación laboral, los empleadores deberán efectuar cotizaciones obligatorias al Sistema General de Riesgos Profesionales. El no pago de 2 o más cotizaciones implica sanciones legales y la desafiliación automática al Sistema
                                                                                                        2. Base
                                                                                                          1. Las cotizaciones correspondientes a los trabajadores dependientes del sector privado se calcularán con base en el salario mensual devengado. Los empleadores del sector público cotizarán sobre los salarios de sus servidores. La base de cotización estará limitada a veinte (20) salarios mínimos, y la de los salarios integrales se calculará sobre el 70% de ellos.
                                                                                                          2. Monto
                                                                                                            1. El monto de las cotizaciones a cargo de los empleadores, no podrá ser inferior al 0.348%, ni superior al 8.7%, de la base de cotización de los trabajadores a cargo del respectivo empleador
                                                                                                            2. Plazo para pago
                                                                                                              1. Los empleadores son responsables del pago de las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales, y deberán consignarlas dentro de los diez (10) primeros días comunes del mes siguiente a aquel objeto de la cotización
                                                                                                            3. Clasificaciòn de los Factores de Riesgo

                                                                                                              Nota:

                                                                                                              • http://fondoriesgoslaborales.gov.co/documents/Publicaciones/Guias/GUIA-TECNICA-EXPOSICION-FACTORES-RIESGO-OCUPACIONAL.pdf Pagina 95
                                                                                                              1. Físicos: ruido, calor, frío, radiaciones
                                                                                                                1. Químicos: inhalación de vapores o polvo, contacto con productos corrosivos o irritantes
                                                                                                                  1. Biológicos: contacto con residuos de material médico, fluidos corporales, inhalación de virus
                                                                                                                    1. Ergonómicos: sobreesfuerzos, posturas incomodas del tronco, brazos y pies
                                                                                                                      1. Psicosociales: altos ritmos de trabajo, monotonía de la tarea, conflictos
                                                                                                                        1. Seguridad: mecánicos, eléctricos, públicos
                                                                                                                          1. Saneamiento y medio ambiente: emisiones ambientales, acumulación de basuras
                                                                                                                          Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

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                                                                                                                          GGPrevencioni
                                                                                                                          9.- Gestión de los Riesgos (Capítulo 11)
                                                                                                                          CIF Albarran
                                                                                                                          PASO 67 PREVENCION RIESGOS LABORALES
                                                                                                                          Paco Tur Fornés
                                                                                                                          Sistema General de Riesgos Laborales
                                                                                                                          Jonathan David Gonzàlez Sora
                                                                                                                          Procesos Peligrosos y Mapas de Riegos en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo
                                                                                                                          JaCkii Szr'
                                                                                                                          Riesgos laborales.
                                                                                                                          juanfoley
                                                                                                                          Test auto evaluación Ley de Seguridad y Salud en el trabajo.
                                                                                                                          Maritza Cachay Montoya
                                                                                                                          RIESGOS QUIMICOS Y BIOLOGICOS
                                                                                                                          Gabriel Forero
                                                                                                                          Factores de riesgo para los asentamientos humanos
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