Principios del PGD

Descripción

A continuación se presentan los principios del PGD, de acuerdo al decreto 1080 de 2015. Artículo 2.8.2.5.5. Principios del proceso de gestión documental. gestión documentos en toda administración pública se regirá por los siguientes principios. Hoja No. 121
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Resumen del Recurso

Principios del PGD
  1. Planeación

    Nota:

    • La creación de los documentos debe estar precedida del análisis legal, funcional y archivístico que  determine la utilidad de estos como evidencia, con miras a facilitar su gestión.
    1. Eficiencia

      Nota:

      • Las entidades deben producir solamente los documentos necesarios para el cumplimiento de sus objetivos o los de una función o un procceso.
      1. Economía

        Nota:

        • Las  entidades deben evaluar en todo momento los costos derivados de la gestión de sus documentos buscando ahorros en los diferentes procesos de la función archivística.
        1. Control y seguimiento

          Nota:

          • Las entidades deben asegurar el control y seguimiento de la totalidad de los documentos que produce o recibe en desarrollo de sus actividades, a lo largo de todo el ciclo de vida.
          1. Oportunidad

            Nota:

            • Las entidades deberán implementar mecanismos que garanticen que los documentos están disponibles cuando se requieran y para las personas autorizadas para consultarlos y utilizarlos.
            1. Transparencia

              Nota:

              • Los documentos son evidencia de las actuaciones de la administración y por lo tanto respaldan las actuaciones de los servidores y empleados públicos.
              1. Disponilbilidad

                Nota:

                • Los documentos deben estar disponibles cuando se requieran independientemente del medio de creación.
                1. Agrupación

                  Nota:

                  • Los documentos de archivo deben ser agrupados en clases  o categorías (series, subseries y expedientes), manteniendo las relaciones secuenciales dentro de un mismo trámite.
                  1. Vínculo archivístico

                    Nota:

                    • Los documentos resultantes de un mismo trámite deben mantener el vínculo entre sí, mediante la implementación de sistemas de  clasificación, descriptivos y metadatos de contexto, estructura y contenido, de forma que se facilite su gestión como conjunto.
                    1. Protección del medio ambiente

                      Nota:

                      • Las entidades deben evitar la producción de documentos impresos en papel cuando este medio no sea requerido por razones legales o de preservación histórica, dada la longevidad del papel como medio de registro de información.
                      1. Autoevaluación

                        Nota:

                        • Tanto el sistema de gestión documental como el programa correspondiente será evaluado regularmente por cada una de las dependencias de la entidad.
                        1. Coordinación y acceso

                          Nota:

                          • Las áreas funcionales actuarán coordinadamente en torno al acceso y manejo de la información que custodian para garantizar la no duplicidad de acciones frente a los documentos de archivo y el cumplimiento de la misión de estos.
                          1. Cultura archivística

                            Nota:

                            • Los funcionarios que dirigen las áreas funcionales colaborarán en la sensibilización del personal a su cargo, respecto a la importancia y valor de los archivos de la institución.
                            1. Modernización

                              Nota:

                              • La alta gerencia pública junto con el Archivo Institucional propiciarán el fortalecimiento de la función archivística de la entidad, a través de la aplicación de las más modernas prácticas de gestión documental al interior de la entidad, apoyándose para ello en el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones.
                              1. Interoperabilidad

                                Nota:

                                • Las entidades públicas deben garantizar la habilidad de transferir y utilizar información de manera uniforme y eficiente entre varias organizaciones y sistemas de información, así como la habilidad de los sistemas (computadoras, medios de comunicación, redes, software y otros componentes de tecnología de la información) de interactuar e intercambiar datos de acuerdo con un método definido, con el fin de obtener los resultados esperados.
                                1. Orientación al ciudadano

                                  Nota:

                                  • El ejercicio de colaboración entre organizaciones para intercambiar información y conocimiento en el marco de sus procesos de negocio, con el propósito de facilitar la entrega de servicios en línea a ciudadanos, empresas y a otras entidades, debe ser una premisa de las entidades del Estado (Marco de Interoperabilidad para el Gobierno en línea).
                                  1. Neutralidad Tecnológica

                                    Nota:

                                    • El Estado garantizará la libre adopción de tecnologías, teniendo en cuenta recomendaciones, conceptos y normativas de los organismos internacionales competentes e idóneos en la materia, que permitan fomentar la eficiente prestación de servicios, contenidos y aplicaciones que usen Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y garantizar la libre y leal competencia, y que su adopción sea armónica con el desarrollo ambiental sostenible.
                                    1. Protección de la información y los datos

                                      Nota:

                                      • Las entidades públicas deben garantizar la protección de la información y los datos personales en los distintos procesos de la gestión documental.
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