REGIMEN DISCIPLINARIO PARA LA POLICIA NACIONAL LEY 1015 DE 2006 Y LEY 734 DE 2002

Descripción

Mapa Mental sobre REGIMEN DISCIPLINARIO PARA LA POLICIA NACIONAL LEY 1015 DE 2006 Y LEY 734 DE 2002, creado por algovagm el 07/05/2014.
algovagm
Mapa Mental por algovagm, actualizado hace más de 1 año
algovagm
Creado por algovagm hace más de 10 años
834
0

Resumen del Recurso

REGIMEN DISCIPLINARIO PARA LA POLICIA NACIONAL LEY 1015 DE 2006 Y LEY 734 DE 2002
  1. `RINCIPIOS RECTORES
    1. TITULARIDAD DE LA POTESTAD DISCIPLINARIA
      1. AUTONOMIA
        1. LEGALIDAD
          1. ILICITUD SUSTANCIAL
            1. DEBIDO PROCESO
              1. RESOLUCION DE LA DUDA
                1. PRESUNCION DE INOCENCIA
                  1. GRATUIDAD
                    1. EJECUTRIEDAD
                      1. APLICACION DE PRINCIPIOS E INTEGRACION NORMATIVA
                        1. CELERIDAD DEL PROCESO
                          1. CULPABILIDAD
                            1. FAVORABILIDAD
                              1. IGUALDAD ANTE LA LEY DISCIPLINARIA
                                1. FINALIDAD DE LA SANCION DISCIPLINARIA
                                  1. RECONOCIMIENTO DE LA DIGNIDAD HUMANA
                                    1. CONTRADICCION
                                      1. PROPORCIONALIDAD
                                        1. MOTIVACION
                                          1. DERECHO A LA DEFENSA
                                            1. ESPECIALIDAD
                                            2. AUTORIDADES CON ATRIBUCIONES DE COMPETENCIA
                                              1. FUNCIONARIOS DE LA POLICIA NACIONAL
                                                1. PROCURADOR GENERAL DE LA NACION
                                                  1. FUNCIONARIO COMPETENTE SEGUN EL LUGAR DEL TERRITORIO
                                                    1. FUNCINARIO QUE PRIMERO HUBIERE INICIADO LA IMBESTIGACION
                                                    2. COMPETENCIA
                                                      1. NOCION
                                                        1. FACTORES DETERMINNTES
                                                          1. POR LA CALIDAD DEL SUJETO DISCIPLINABLE
                                                            1. FACTOR TERRITORIAL
                                                              1. RARAZON DE LA CONEXIDAD
                                                                1. CONFLICTO DE COMPETENCIAS
                                                                  1. POR CONOCIMIENTO A PREVENCION
                                                                    1. POR ACUMULACION DE INVESTIGACIONES
                                                                    2. CLASIFICACION DE LAS FALTAS DISCIPLINARIAS
                                                                      1. GRAVISIMAS
                                                                        1. GRAVES
                                                                          1. LEVES
                                                                          2. CLASES O TIPOS DE SANCIONES ARTICULOS 38 AL 45 LEY 1015 DE 2006
                                                                            1. DESTITUCION O INHABILIDAD GENERAL
                                                                              1. SUSPENSION E INHABILIDA ESPECIAL
                                                                                1. MULTA
                                                                                  1. AMONESTACION ESCRITA
                                                                                  2. CLASES DE SANCIONES Y SUS LIMITES PARA EL PERSONAL UNIFORMADO ESCALAFONADO
                                                                                    1. para las faltas gravísimas o realizadas con culpa gravísima destitución e inhabilidad general por un termino entre 10 y 20 años
                                                                                      1. Para las faltas gravisimas realizadas con culpa grave o graves dolosas suspencion e inhabilidad especial entre 6 y 12 meses, sin derecho a remuneracion
                                                                                        1. Para las faltas graves realizadas con culpa gravisima, suspencion e inhabilidad especial entre 1 mes y 179 dias, sin derecho a remuneracion.
                                                                                          1. Para las faltas graves realizadas con culpa grave, o leves dolozas multa entre 10 y 180 dias
                                                                                            1. Para las faltas leves culposas, amonestacion escrita
                                                                                              1. PARAGRAFO, habra culpa gravisima cuando se incurra en falta disciplinaria por ignorancia supina, desatencion elemental o violacion manifiesta de reglas de obligatorio cumplimiento. La culpa sera grave cuando se incurra en falta disciplinaria por inobservancia del cuidado necesario que cualquier persona del comun imprime a sus actuaciones.
                                                                                              Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

                                                                                              Similar

                                                                                              Mis Recursos de Programación
                                                                                              maya velasquez
                                                                                              Ecuaciones de Segundo Grado
                                                                                              Diego Santos
                                                                                              DIAS DE LA SEMANA, MESES Y ESTACIONES EN INGLES
                                                                                              Montse Lafuente Benito
                                                                                              Gramática para practicar el First Certificate I
                                                                                              Diego Santos
                                                                                              CCNN 5EP. Tema 6. Aparato locomotor
                                                                                              JOSÉ ALBERTO VERDUGO GARCÍA
                                                                                              Diferencias entre el latín culto y el latín vulgar
                                                                                              Carlos' Badillo Hdez
                                                                                              Estudio de Mercado
                                                                                              dggr9980
                                                                                              Organizadores graficos
                                                                                              obvelasquezl34
                                                                                              Properties of musical tones
                                                                                              Olga Veiga
                                                                                              La hidrosfera
                                                                                              Raúl Quijano
                                                                                              LA PRIMERA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL
                                                                                              ROSA MARIA ARRIAGA