MOVILIDAD HUMANA

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MOVILIDAD HUMANA
VICTOR  FLORES AGUIRRE
Mapa Mental por VICTOR FLORES AGUIRRE, actualizado hace más de 1 año
VICTOR  FLORES AGUIRRE
Creado por VICTOR FLORES AGUIRRE hace más de 7 años
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Resumen del Recurso

MOVILIDAD HUMANA
  1. MOVILIDAD HUMANA
    1. Principios Constitucionales sobre Movilidad Humana
      1. Art. 9.- Las personas extranjeras tendrán los mismos deberes y derechos ecuatorianos.
        1. Art. 11.- Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades.
          1. Art. 40.- Se reconoce a las personas el derecho a migrar.
            1. Art. 416.- Libre movilidad de todos los habitantes del planeta.
            2. Derecho a la libertad de tránsito
              1. Restricciones tácticas a la libertad de tránsito
                1. Art. 66 num 14.- Se reconoce y garantiza a las personas el derecho a transitar libremente por el territorio nacional. La prohibicón de salir del país solo podra ser ordenada por un juez competente.
                2. Restricciones expresas a la libertad de tránsito
                  1. Art. 165.- Durate el estado de excepeción el Presidente/a podra suspender o limitar la libertad de tránsito.
              2. REFUGIADOS
                1. El Derecho de los Refugiados
                  1. El 80% de la población refugiada esta integrado por mujers y niños, por tanto es necesario proteger de forma especial sus derechos y libertades.
                  2. Quien es el Refugiado?
                    1. Convención del OUA el 10 de septiembre de 1969 determina que el término refugiado se aplica a toda persona que debido agresiones externas, se vea obligada a huir del país para buscar refugio en otro.
                  3. DESPLAZADOS INTERNOS
                    1. Què es?
                      1. Persona o grupo de personas que han sido obligadas a huir de su residencia por conflictos o violaciones de derechos y que no han cruzado una frontera.
                      2. El derecho de los desplazados internos
                        1. Debemos estar atentos por ser los primeros llamados a proteger sus derechos y libertades, en virtud del mandato constitucional.
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