Created by ana Maria olmos peralta
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Question | Answer |
Obligación de usar la cosa arrendada según los términos o espíritu del contrato. | el arrendatario está obligado a usar de la cosa: De acuerdo con lo que expresamente hubiere estipulado en el contrato o resultare del espíritu del mismo. Por la naturaleza de la cosa arrendada. A falta de estipulación expresa, o por no poderse deducir de la naturaleza de la cosa. En resumen, el arrendatario no puede usar la cosa sino bajo los fines señalados en el contrato o de acuerdo con los criterios puntualizados anteriormente; si viola estos principios; se coloca frente a un caso de incumplimiento del contrato. |
Obligación del arrendatario – Restitución de la cosa | es decir debe restituir la cosa al final del arrendamiento, en las mismas condiciones en que la recibió, salvo el deterioro por el uso natural de la cosa. (Art 1997 cc: En cuanto al arrendamiento de las cosas, la parte que concede el uso es el arrendador y la que paga el precio es el arrendatario). “Si no constare el estado en que le fue entregada, se entenderá haberla recibido en regular estado de servicio, a menos que pruebe lo contrario”. Se debe dejar constancia expresa, en qué condiciones se recibió el bien inicialmente, si no se establecieron las condiciones se entenderá que el arrendatario lo recibió en medianas condiciones de servicio, a menos que pruebe lo contrario. Los daños y pérdidas que se ocasionen al bien durante el uso, el arrendatario tiene la carga de la prueba y debe comprobar que no fueron producidos por su culpa, ni por culpa de sus huéspedes, dependientes o subarrendatarios, es decir acreditar que empleó la diligencia y cuidado ordinario y mediano en la conservación de la cosa y si no lo prueb |
Efectos del incumplimiento del arrendatario al usar la cosa. | Como consecuencia de ello el arrendador tendrá derecho: Para pedir la terminación del contrato con indemnización de perjuicios. Limitarse a exigir el pago de la indemnización de perjuicios, manteniendo en firme el contrato. |
Facultad de usar la cosa por el arrendatario. art 2004 CC. | están prohibidos: “El arrendatario no tiene facultad de ceder el arriendo ni de subarrendar, a menos que se le haya expresamente concedido” |
Responsabilidad del Arrendatario en la Conservación de la Cosa. El Art 1997 del Código Civil | “El arrendatario empleará en la conservación de la cosa, el cuidado en un buen padre de familia”, o sea, se repite el mandato del 1604 cc, debe responder por culpa leve. En cumplimiento de esta obligación, el arrendatario debe hacer las mejoras locativas sobre la cosa arrendada. |
Reparaciones locativas | Son las reparaciones menores, por daños ocasionados por el arrendatario o sus dependientes. Ejemplo: Ruptura de paredes. |
Responsabilidad Extensiva del Arrendatario. | El arrendatario es responsable no sólo de su propia culpa, sino de las de su familia, huéspedes y dependientes. |
Obligación de Pagar el Precio o Renta. | El arrendador puede tener como garantía el cumplimento de la obligación, el Derecho de Retención sobre los objetos que sean de propiedad del arrendatario, con el fin de garantizar el pago del canon de arrendamiento o las indemnizaciones. Nuestro estatuto civil no fija ninguna norma expresa sobre el particular, entendiendo que debe hacerse directamente a la persona contratante o la persona que ésta designe para tal efecto |
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