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Created by Francisco Leon
over 8 years ago
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Question | Answer |
Articulo 158 | -Las obras literarias, artística, de arte popular o artesanal; desarrolladas en una comunidad o etnia en la República Mexicana, estarán protegidas por la Ley contra su deformación. |
Articulo 159 | -Se pueden utilizar libremente las obras literarias, artísticas, de arte popular o artesanal; protegidas por este capítulo, siempre que no sean transformadas. |
Articulo 160 | Siempre que se utilice, se haga una representación, publicación, comunicación o utilización en cualquier forma, de una obra literaria, artística, de arte popular o artesanal; se deberá mencionar a la comunidad o etnia a la que pertenece. |
Articulo 161 | Corresponde al Instituto vigilar el cumplimiento de las disposiciones y la protección de las obras. |
Articulo 162 | El Registro Público del Derecho de Autor tiene por misión garantizar la seguridad jurídica y la protección de los autores y de los titulares, aunque no estén registradas las obras. |
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