Created by Juan Manuel Pérez González
about 8 years ago
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Question | Answer |
INFRACCIÓN LEVE ART. 37.1 | LA CELEBRACIÓN DE REUNIONES EN LUGARES DE TRÁNSITO PÚBLICO O DE MANIFESTACIONES, INCUMPLIENDO LO PRECEPTUADO EN LOS ART. 4.2,8,9,10 Y 11 L.O.9/1983 CUYA RESPONSABILIDAD CORRESPONDERÁ A LOS ORGANIZADORES Y PROMOTORES. |
INFRACCIÓN LEVE ART. 37.2 | LA EXHIBICIÓN DE OBJETOS PELIGROSOS PARA LA VIDA E INTEGRIDAD FÍSICA DE LAS PERSONAS CON ÁNIMO INTIMIDATORIO, SIEMPRE QUE NO CONSTITUYA DELITO O INFRACCIÓN GRAVE. |
INFRACCIÓN LEVE ART. 37.3 | EL INCUMPLIMIENTO DE LAS RESTRICCIONES DE CIRCULACIÓN PEATONAL O ITINERARIO CON OCASIÓN DE UN ACTO PÚBLICO, REUNIÓN O MANIFESTACIÓN, CUANDO PROVOQUEN ALTERACIONES MENORES EN EL NORMAL DESARROLLO DE LOS MISMOS. |
INFRACCIÓN LEVE ART. 37.4 | LAS FALTAS DE RESPETO Y CONSIDERACIÓN CUYO DESTINATARIO SEA UN MIEMBRO DE LAS FFCCSS EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES DE PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD, CUANDO ESTAS CONDUCTAS NO SEAN CONSTITUTIVAS DE INFRACCIÓN PENAL |
INFRACCIÓN LEVE ART. 37.5 | LA REALIZACIÓN O INCITACIÓN A LA REALIZACIÓN DE ACTOS QUE ATENTEN CONTRA LA LIBERTAD E INDEMNIDAD SEXUAL, O EJECUTAR ACTOS DE EXHIBICIÓN OBSCENA, CUANDO NO SEA CONSTITUTIVO DE INFRACCIÓN PENAL. |
INFRACCIÓN LEVE ART. 37.6 | LA PROYECCIÓN DE HACES DE LUZ, MEDIANTE CUALQUIER TIPO DE DISPOSITIVO, SOBRE MIEMBROS DE LAS FFCCSS PARA IMPEDIR O DIFICULTAR EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES. |
INFRACCIÓN LEVE ART. 37.7 | LA OCUPACIÓN DE CUALQUIER INMUEBLE, VIVIENDA O EDIFICIO AJENOS, O LA PERMANENCIA EN ELLOS, EN AMBOS CASOS CONTRA LA VOLUNTAD DE SU PROPIETARIO, ARRENDATARIO O TITULAR DE OTRO DERECHO SOBRE EL MISMO, CUANDO NO SEAN CONSTITUTIVAS DE INFRACCIÓN PENAL. |
INFRACCIÓN LEVE ART. 37.8 | LA OMISIÓN O LA INSUFICIENCIA DE MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA CONSERVACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DE ARMAS Y EXPLOSIVOS, ASÍ COMO LA FALTA DE DENUNCIA DE LA PÉRDIDA O SUSTRACCIÓN DE LA MISMA. |
INFRACCIÓN LEVE ART. 37.9 | LAS IRREGULARIDADES EN LA CUMPLIMENTACIÓN DE LOS REGISTROS PREVISTOS EN ESTA LEY CON TRASCENDENCIA PARA LA S.C., INCLUYENDO LA ALEGACIÓN DE DATOS O CIRCUNSTANCIAS FALSOS O LA OMISIÓN DE COMUNICACIONES OBLIGATORIAS DENTRO DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS, SIEMPRE QUE NO CONSTITUYA INFRACCIÓN PENAL. |
INFRACCIÓN LEVE ART. 37.10 | EL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE OBTENER LA DOCUMENTACIÓN PERSONAL LEGALMENTE EXIGIDA, ASÍ COMO LA OMISIÓN NEGLIGENTE DE LA DENUNCIA DE SU SUSTRACCIÓN O EXTRAVÍO. |
INFRACCIÓN LEVE ART. 37.11 | LA NEGLIGENCIA EN LA CUSTODIA Y CONSERVACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PERSONAL LEGALMENTE EXIGIDA, CONSIDERÁNDOSE COMO TAL LA 3ª Y POSTERIORES PÉRDIDAS O EXTRAVÍOS EN EL PLAZO DE UN AÑO. |
INFRACCIÓN LEVE ART. 37.12 | LA NEGATIVA A ENTREGAR LA DOCUMENTACIÓN PERSONAL LEGALMENTE EXIGIDA CUANDO SE HUBIESE ACORDADO SU RETIRADA O RETENCIÓN. |
INFRACCIÓN LEVE ART. 37.13 | LOS DAÑOS O EL DESLUCIMIENTO DE BIENES MUEBLES O INMUEBLES DE USO O SERVICIO PÚBLICO, ASÍ COMO DE BIENES MUEBLES O INMUEBLES PRIVADOS EN LA VÍA PÚBLICA, CUANDO NO CONSTITUYAN INFRACCIÓN PENAL. |
INFRACCIÓN LEVE ART. 37.14 | EL ESCALAMIENTO DE EDIFICIOS O MONUMENTOS SIN AUTORIZACIÓN CUANDO EXISTA UN RIESGO CIERTO DE QUE SE OCASIONEN DAÑOS A LAS PERSONAS O A LOS BIENES. |
INFRACCIÓN LEVE ART. 37.15 | LA REMOCIÓN DE VALLAS, ENCINTADOS Y OTROS ELEMENTOS FIJOS O MÓVILES COLOCADOS POR LAS FFCCSS PARA DELIMITAR PERÍMETROS DE SEGURIDAD, AUN CON CARÁCTER PREVENTIVO, CUANDO NO CONSTITUYA INFRACCIÓN GRAVE. |
INFRACCIÓN LEVE ART. 37.16 | DEJAR SUELTOS O EN CONDICIONES DE CAUSAR DAÑOS ANIMALES FEROCES O DAÑINOS, ASÍ COMO ABANDONAR ANIMALES DOMÉSTICOS EN CONDICIONES EN QUE PUEDA PELIGRAR SU VIDA. |
INFRACCIÓN LEVE ART. 37.17 | EL CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN LUGARES, VÍAS, ESTABLECIMIENTOS O TRANSPORTES PÚBLICOS CUANDO SE PERTURBE GRAVEMENTE LA TRANQUILIDAD CIUDADANA. |
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