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Created by CARLOS GERARDO PINEDA CRUZ
over 2 years ago
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Question | Answer |
MEDIDAS FISCALES DURANTE EL COVID19 EN GUATEMALA | La Administración Tributaria se ve impedida para realizar procedimientos de fiscalización y verificación, así como exigir del contribuyente el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, que evacue audiencias, comparezca a citaciones y presente información que se le pueda requerir por parte de las autoridades de la Administración Tributaria, así como interponer recursos de acuerdo con la legislación tributaria vigente. |
Se realizaron: Diferimiento en el pago del impuesto ISO Exención a donación a entidades no lucrativas | Se habilito un procedimiento en línea para realizar solicitudes de facilidades de pago y enviarlas vía correo electrónico a la SAT |
Se obtuvieron beneficios de protección para las empresas y trabajadores. Ej. en las empresas para el sostenimiento de los empleados, el pago del bono 14 hasta en 3 cuotas. Así como a los trabajadores, acuerdos vacacionales para sostenibilidad de los empleos | Política contra cíclica y Política pro cíclica |
En la Política contra cíclica, se podría entender que hay otra iniciativa que se presentó el 27 de abril denominada “Impuesto para la emergencia del Covid-19” la cual pretende crear un impuesto único y temporal al cual estarían afectos los funcionarios y empleados públicos que devengan un salario superior a los Q15,000 | La política por cíclica no aparece en Guatemala, incluso el banco mundial recomienda la política contra cíclica, ya que consiste en que cuando todo esta bien, se genera un ahorro, mientras que cuando hay emergencias se utiliza el dinero ahorrado y se reducen impuestos. |
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