La compañía en nombre colectivo se contrae entre dos o más personas naturales que hacen el comercio bajo una razón social.
DE LA COMPAÑIA EN COMANDITA SIMPLE
Coexisten diferentes socios con distinto grado de responsabilidad, siendo unos solidaria e ilimitadamente responsables (comanditados) y otro u otros simples suministradores de fondos, cuya responsabilidad se limita al monto de sus aportes (comanditarios)
COMPAÑIA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Se contrae entre dos o más personas, las que responden únicamente por las obligaciones sociales hasta el monto de sus aportaciones individuales y hacen el comercio bajo una razón social o denominación objetiva, a la que se añadirá, en todo caso, las palabras ""Compañía Limitada"" o “CIA. LTDA.”
DE LA COMPAÑIA ANONIMA
La compañía anónima es una sociedad cuyo capital, dividido en acciones negociables, está formado por la aportación de los accionistas que responden únicamente por el monto de sus acciones.
COMPAÑIA EN COMANDITA POR ACCIONES
Existirá bajo una razón social que se formará con los nombres de uno o más socios responsables, seguidos de las palabras “Compañía en Comandita” o su abreviatura.
REFERENCIA BIBLIOGRAFICA • LEY DE COMPAÑIAS • ASESORIA DE DERECHO SOCIETARIO- UNIVERSIDAD TECNICA PARTICULAR DE LOJA