Es el conjunto de normas
jurídicas del Derecho Público
Interno que instrumentan la
aplicación de las normas del
Derecho Penal Sustantivo a los
casos concretos
1.2.- EL DERECHO PROCESAL
PENAL DENTRO DEL UNIVERSO
DEL DERECHO EN GENERAL.
El derecho se le clasifica en Derecho Interno y Derecho
Internacional, los que a su vez se subdividen en
Derecho Público, Interno y Derecho Privado Interno;
por el Otro lado, se dividen en Derecho Internacional
Privado y Derecho Internacional Público. El Derecho
Procesal Penal queda ubicado dentro del Derecho
Público Interno
El derecho procesal penal
se divide :
una parte
sustantiva
se refiere al contenido
mismo de la materia y
se divide en una parte
general y otra especial
una parte adjetiva.
se refiere a la parte
instrumental y abarca
precisamente lo relativo al
Derecho Procesal Penal.
1.3.- DIFERENCIAS ENTRE PROCEDIMIENTO, PROCESO Y
JUICIO
Procedimiento y proceso se diferencian esencialmente en
cuanto a su finalidad. El primero, se integra con una serie
de actos ordenados y encaminados hacia un objetivo. En
este sentido, se alude al procedimiento idóneo para
alcanzar alguna finalidad, o al procedimiento para la
elaboración de un objeto
un concepto del proceso pena
es el conjunto de actos conforme a los cuales el juez,
aplicando la ley, resuelve el conflicto de intereses
sometido a su conocimiento por el Ministerio Público.
1.4.- NATURALEZA JURÍDICA QUE CORRESPONDE AL
DERECHO PROCESAL PENAL
"Derecho Procesal Penal', habida consideración de
que no sólo se limita a examinar el proceso penal,
sino que su campo de estudio abarca por lo menos
otros procedimientos, la acción y la jurisdicción,
que lo rebasan
La naturaleza jurídica del Derecho Procesal
Penal, debe decirse que es una parte del
derecho público interno y trata de realizar el
derecho frente a cualquiera que pretenda
evitar que la pretensión penal estatal se lleve a
cabo, empleando para ello, de ser necesario,
medios coercitivos procesales.
Se inclina a proteger los derechos del individuo, pero al mismo tiempo procura el
bienestar y la seguridad de la colectividad, al posibilitar la aplicación del derecho
penal sustantivo al caso concreto
1.5.- OBJETOS DEL PROCESO PENAL Y SUS
FINES
El propósito de nuestra disciplina de
preservar el orden social con la amenaza de
la aplicación de la pena, estaría desprovista
de eficacia y finalmente, la sanción no
produciría el efecto jurídico que se propone,
ni habría forma de hacerla efectiva.
El proceso penal
resulta
EL único camino a través del cual el Estado ejercita
su derecho de sancionar.
El objeto del proceso se ha diferenciado en: principal; y,
accesorio
1.5.1.- El objeto principal
Está constituido por el conflicto de intereses que
ha de resolverse por el juez aplicando la ley.
el proceso penal persigue de manera fundamental la
represión de los actos punibles, a través de la
imposición de las sanciones
1.5.2.- Objetos accesorios
Pudieran constituirlos aquellas otras cuestiones que
surgen de manera marginal, al conflicto esencial
sometido al conocimiento del juez, como en algún
sentido podría ser la reparación del daño según
veremos a continuación.
1.5.2.1- La reparación del
daño
En términos de los artículos 30 CPF y 42 NCPDF
la reparación del daño comprende: la restitución
de la cosa obtenida por el delito, y si no fuere
posible, el pago de su precio, así como el pago
del daño material y moral y la indemnización de
los perjuicios causados