• Decreto 1743, 1994. Establece los lineamientos generales para la formulación de los Proyectos Ambientales Escolares
–PRAE- los cuales constituyen un camino viable para incluir la dimensión ambiental en la escuela y que en el marco de
diagnósticos ambientales, regionales o nacionales coadyuven a la resolución de problemas ambientales específicos. “La
educación ambiental deberá tener en cuenta los principios de interculturalidad, formación en valores, regionalización,
interdisciplinar y de participación y formación para la democracia, la gestión y la resolución de problemas.
DECRETO 1860 DE 1994
• En 1994 se promulga la ley 115, Ley General de Educación. La cual establece como uno de los fines
primordiales de la educación la adquisición de una conciencia para la calidad de vida, el uso racional de
los recursos naturales, la prevención de desastres dentro de una cultura ecológica y del riesgo, la
defensa del patrimonio cultural de la Nación y la conservación, protección y mejoramiento del medio
ambiente. Este mismo año el Decreto 1860 de 1994 reglamenta la Ley 115 e incluye el Proyecto
Educativo Institucional, PEI y los Proyectos Pedagógicos, y a partir del decreto 1743 se reglamenta el
Proyecto Ambiental Escolar.
• CAP III. ARTICULO 7 PRINCIPIOS VENECIANOS:
c) Principio de bien común: El bien de la Comunidad Educativa o bien común (<<todos ponen>>)
prevalece sobre el interés o el capricho privado, pero tal bien común debe abundar en servicios
comunes y personales (<<todos toman>>) y no puede anular la iniciativa creadora.
Por lo tanto me comprometo a:
A)Cuidar y a mejorar el ambiente escolar B)Establecer una relación
con el entorno (recursos, espacios y servicios teniendo el debido
cuidado dándole buen uso, conservándolo y haciendo la debida
reposición según corresponde (quien daña asume y responde).