Es un modo de adquirir el dominio de las cosas corporales muebles que no
pertenecen a nadie, mediante la aprehensión material de ellos, acompañada
de la intención de adquirirlas, supuesto que la adquisición de ellas no está
prohibida por las leyes patrias ni el derecho internacional.
Naturaleza jurídica
MIXTA: es un hecho y un
acto jurídico unilateral
Requisitos
1.Que se trate de cosas que no pertenecen a nadie
2. Que la adquisición de la cosa no este prohibida
por las leyes patrias o el derecho internacional
3. Aprehensión material de la cosa con intención de adquirirla
Clases
De cosas ANIMADAS. Art. 607
Animal BRAVÍO O SALVAJE
Aquel que vive naturalmente libre e
independiente del hombre, como
las fieras y los peces.
Animal DOMESTICO
Son los que pertenecen a especies que
viven ordinariamente bajo la dependencia
del hombre, como las gallinas y las ovejas.
Animal DOMESTICADO
Son los que sin embargo ser bravíos por su
naturaleza se han acostumbrado a la domesticidad y
reconocen en cierto modo el imperio del hombre.
De cosas INANIMADAS
Annotations:
Art. 624
1. INVENCIÓN O HALLAZGO
Es una especie de ocupación por la cual el que
encuentra una cosa inanimada que no pertenece a
nadie, adquiere su dominio, apoderándose de ella.
2. DESCUBRIMIENTO DE UN TESORO
Requisitos
Que se trate de una cosa mueble
Que se trate de monedas, joyas u otros objetos preciosos
Que se trate de objetos elaborados por el hombre
Que los objetos hayan estado sepultados o escondidos por largo tiempo
Que no haya memoria o indicio del dueño del tesoro
3. LA CAPTURA BELICA
Es el despojo de los bienes del
vencido en provecho del vencedor.
4. ESPECIES MUEBLES AL PARECER
PERDIDAS Y ESPECIES NÁUFRAGAS
Son cosas respecto de las cuales su propietario no ha manifestado en
forma alguna la intención de desprenderse del dominio que tiene sobre
ellas, su separación de las cosas es involuntaria.
5. RES DERELICTAE
Son cosas que su dueño abandonó voluntariamente
para que las hiciese suya el primer ocupante