Es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y
derechos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y
derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales.
ADQUISITIVA
Características
Es un modo de adquirir originario
Sirve para adquirir el dominio y otros derechos reales
Es un modo de adquirir a titulo singular
Es un modo de adquirir a título gratuito
Es un modo de adquirir por acto entre vivos
ORDINARIA
1. Cosa susceptible de adquirirse por prescripción
2. Posesión ininterrumpida
3.Posesión Regular
4. Transcurso del plazo: muebles 2 años, inmuebles 5.
EXTRAORDINARIA
1. Cosa susceptible de adquirirse por prescripción
2. Posesión ininterrumpida
3. El que la alega debe haber sido al menos poseedor
irregular de la cosa (se descarta al mero tenedor)
4. 10 años de posesión continua
5. Corre contra toda persona y no se suspende
EXTINTIVA
INTERRUPCIÓN
Es todo hecho que, destruyendo una de las dos condiciones
esenciales de la PA, hace inútil todo el tiempo transcurrido.
I. NATURAL
POR HECHO DEL HOMBRE
POR HECHO DE LA NATURALEZA
I. CIVIL
Annotations:
Art. 2503
Es todo recurso judicial intentado por el que se
pretende verdadero dueño en contra del poseedor
REQUISITOS
1.Debe deducir una acción ante los tribunales de justicia
2.El reclamo del que se pretende dueño debe notificarse al actual poseedor
3. Es necesario que la demanda se notifique antes de que haya transcurrido el plazo de prescripción