APORTES DE LA REVOLUCIÓN FRANCESA AL CONSTITUCIONALISMO MODERNO.

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APORTE DE LA REVOLUCIÓN FRANCESA EN EL CONSTITUCIONALISMO MODERNO.
Camilo Perez Gonzalez
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APORTES DE LA REVOLUCIÓN FRANCESA AL CONSTITUCIONALISMO MODERNO.
  1. Se analiza los prinicipios fundamentales del constitucionalismo moderno, a partir de la revolucion francesa, dando a entender la organizacion del estado a partir de la constitucion y la libertad popular.
    1. I. LA IDEA DEL CONSTITUCIONALISMO.
      1. La tradición latina del derecho escrito, fue la que influyo en América Latina
        1. El 1 acto: Adoptar la declaracion de los derechos del hombre al ciudadano.
          1. El estado dejo de ser una monarquia y el pueblo comenzo a estar organizado en nación, sujeto a una constitución.
            1. En 1791: Se dicto la 1era constitución francesa.
            2. II. EL PRINCIPIO DE LA SOBERANÍA NACIONAL, EL REPUBLICANISMO Y EL GOBIERNO REPRESENTATIVO.
              1. EL principio de la soberania nacional contrasta con el regimen del absolutismo.
                1. El principio de la soberania atribuia a la nación y no al rey.
                  1. La burguesia se hacia llamar tercer estado.
                    1. La idea del pueblo soberano, proviene de la revolución Americana.
                      1. Despues de la ejecución de Luis XVI, la constitución de 1793, establecio la Republica
                      2. III. EL PRINCIPIO DE LA SEPARACIÓN DE PODERES.
                        1. La idea de la separación de poderes, fue expresada por las constituciones de las colonias Americanas de 1776.
                          1. El poder legislativo, es delegado a la asamblea nacional, con representantes temporales.
                            1. El poder judicial, es delegado a jueces temporales, electos por el pueblo.
                              1. La consecuencia principal: Fue la prohibición hacia los poderes ejecutivos y legislativos para meterse en asuntos de otros poderes .
                                1. La constitución de 1811., establece claramente el principio de la supremacía constitucional.
                                  1. En la constitución Venezolana de 1811, se establece el origen del poder atribuido a los jueces, para desaplicar las leyes.
                                2. IV. EL PRINCIPIO DE LA SUPREMACÍA DE LA LEY, DEL QUE DERIVA EL PRNCÍPIO DE LEGALIDAD,
                                  1. El principio de la supremacía del legislador, representaba la nación.
                                    1. El principio de la supremacía de la ley, se fundo sobre la garantia de igualdad
                                    2. La igualdad era uno de las solicitudes básicos en la revolución.
                                      1. En 1811, se establecio "La ley de la expresión libre" en la mayoría de los ciudadanos.
                                        1. La constitución de 1811, no siguió radicalmente el postulado de la supremacía de la ley y en cambio formulo el principio de la supremacía constitucional.
                                        2. V. LA DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS
                                          1. La declaración de los derechos, es una pieza clave del constitucionalismo Francés y de la revolución
                                            1. La declaración de 1789, fue influenciada por Rousseau y Montesquieu
                                              1. Los derechos proclamados, eran los derechos naturales del hombre, por ende, inalienable y universales.
                                                1. Tres principios configuraron, el régimen municipal Napoleónico
                                                  1. 1. El principio de la creación.
                                                    1. 2. El principio de la uniformidad e igualdad
                                                      1. 3. Las reglas generales de funcionamiento de la tutela.
                                                    2. VI. LOS PRINCIPIOS DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO.
                                                      1. La reforma de 1775, decidió hacer municipios.
                                                        1. La creación de municipios por todo Francia llevo a la susuticuión definitiva de las cartas y privilegios locales
                                                          1. Las reformas del régimen municipal en Francia precedieron la revolución antes de 1787.
                                                            1. La revolución quiso poner fin a esta situación en el mismo año de 1789 a lo que se crearon los diferentes decretos
                                                              1. El 1er decreto, dispuso a la supresión y abolición que los municipios deben existir en cada villa burgo, parroquia o comunidad y siempre encabezado de un alcalde.
                                                                1. El 2do decreto, se divide el territorio francés uniformemente en departamentos cantores, suprimiéndose los intendentes
                                                                2. Se le estableció a la constitución de 1791 "la división del reino".
                                                                  1. Se dividieron en 83 departamentos, cada departamento en distritosm cada distrito en cantones.
                                                                  Show full summary Hide full summary

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