Documento de los derechos
y restricciones para el uso,
modificación, distribución
del sofware que se adquiere.
CREATIVE COMMONS
Reconocimiento
(by):
En este tipo de licencia está
permitido cualquier comercialización
de la creación o la obra en particular,
incluye una finalidad comercial, así
como la creación de productos
derivados, la distribución de los
cuales también está permitida sin
ninguna restricción.
Reconocimiento –
No Comercial
(by-nc):
Se permite la generación de
obras derivadas siempre que no
se haga un uso comercial.
Tampoco se puede utilizar la obra
original con fines económicos.
Reconocimiento – No
Comercial – Compartir
Igual (by-ncsa):
No se permite un uso comercial
de la obra original ni de las
posibles obras derivadas, la
distribución de las cuales se debe
hacer con una licencia igual a la
que regula la obra original.
Compartir igual
(Share alike):
El derecho autorizado
suele incluir la creación
de productos derivados
siempre que mantengan
la misma licencia al ser
divulgados.
Reconocimiento –
Compartir igual (by-sa):
En este tipo de licencia se permite
el uso comercial de las creaciones y
de las posibles obras derivadas, la
distribución de las cuales se debe
hacer con una licencia igual a la que
regula la obra original.
Reconocimiento – Sin obra
derivada (by-nd):
En este tipo de licencia
se permite el uso
comercial de la obra
pero no la generación
de obras derivadas.