Son las normas generales a las que se debe sujetar el gobierno nacional para regular
comercio exterior a través del ministerio de comercio exterior
CAPITAL I DE NORMAS
GENERALE DE COMERCIO
EXTERIOR
Las disposiciones aplicables al
comercio exterior se dictaran
por el gobierno nacional
conformé a las previsiones del
numeral 22 del articulo 120 de
la constitución nacional en
armonía con lo dispuesto en el
numeral 22 de su articulo 76 y
con sujeción a las normas
generales presente ley . Tales
reglas procuran otorgar al
comercio exterior colombiano
mayor libertad posible
CAPIUTLO II DEL CONSEJO SUPERIOR
DEL COMERCIO EXTERIOR
El consejo superior de
comercio exterior
Estara integrado por los
siguientes miembros :
- El presidente de la republica
de Colombia, quien presidirá -
El ministro de desarrollo
económico - El ministro de
comercio exterior - El ministro
de relaciones exteriores - El
ministro de hacienda y crédito
publico - El ministro de
agricultura - El ministro de
minas y energía - El jefe del
departamento nacional de
planeación . y otros
CAPIUTLO III DEL MINISTERIO
DE COMERCIO EXTERIOR EN
COLOMBIA
Crease el ministerio de
comercio exterior como
organismo encargado de
dirigir coordinar , ejecutar y
vigilar la política de
comercio exterior, en
concordancia con los planes
y programas de desarrollo
CAPITULO IV DEL BANCO DE
COMERCIO EXTERIOR DE
COLOMBIA Y DEL FONDO DE
MODERNIZACION ECONOMICA
Crease el banco de
comercio exterior como
una institución
financiera vinculada al
ministerio de comercio
exterior, a la cual
corresponderá ejercer
las funciones de
promoción de las
exportaciones . La
promoción será
desarrollada , entre
otros instrumentos , a
través de las
agregadurías
comerciales en el
exterior
CAPITULO V DISPOCIONES
FINALES
Autorizase al gobierno nacional para
celebrar los contratos y efectuar las
apropiaciones y demás operaciones
presupuestales que se requieran para dar
cumplimiento a lo dispuesto por la
presente ley en las disposiciones que para
su efectividad se dicten . facultase al
gobierno nacional para convenir con el
banco de la republica la forma de
liquidación del contrato para
administración de proexpo, y los términos
en los cuales la nación pagara las
obligaciones que surgan