Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos
Description
Derechos y obligaciones de las relaciones laborales, así como los diferentes tipos de contratación que ves reflejados. Derechos de los patrones y trabajadores establecidos en la legislación.
Constitución política de los
Estados Unidos Mexicanos
Artículo 123° apartado A
Fracción II. Quedan prohibidas: las labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno
industrial y todo otro trabajo después de las diez de la noche, de los menores de dieciséis años
Fracción IV. Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar
el operario de un día de descanso, cuando menos.
Fracción V. Las mujeres durante el embarazo no realizarán
trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen
un peligro para su salud en relación con la gestación
Fracción VII. Para trabajo igual debe corresponder
salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad.
Fracción IX. Los trabajadores tendrán derecho a
una participación en las utilidades de las empresas
Fracción X. El salario deberá pagarse precisamente en moneda de curso legal,
no siendo permitido hacerlo efectivo con mercancías, ni con vales, fichas o
cualquier otro signo representativo con que se pretenda substituir la moneda.
Fracción XII. Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra
clase de trabajo, estará obligada, según lo determinen las leyes reglamentarias a
proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas.
Fracción XIII. Las empresas, cualquiera que sea su actividad, estarán obligadas a
proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo.
Fracción XIV. Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades
profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten
Fracción XV. El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos
legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para
prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo
Artículo 5°
El contrato de trabajo sólo obligará
a prestar el servicio convenido por
el tiempo que fije la ley
A ninguna persona podrá impedirse que se
dedique a la profesión, industria, comercio o
trabajo que le acomode, siendo lícitos
La falta de cumplimiento de dicho contrato, por lo que respecta al
trabajador, sólo obligará a éste a la correspondiente responsabilidad
civil, sin que en ningún caso pueda hacerse coacción sobre su persona.