LOTTT Artículo 55. El CONTRATO de trabajo, es aquel
mediante el cual se establecen las condiciones en las
que una persona presta sus servicios en el proceso
social de trabajo bajo dependencia, a cambio de un
salario justo, equitativo y conforme a las
disposiciones de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y esta Ley
El CONTRATO de Trabajo es una convención
(acuerdo de voluntades) por la cual el empleador
y el trabajador dependiente se obligan
recíprocamente, éste a prestar servicios bajo
dependencia o subordinación del primero y
aquél a pagar por estos servicios, una
remuneración determinada.
CONTENIDO DEL CONTRATO DE TRABAJO. Art. 59 Lottt. Se
confeccionan dos ejemplares originales del contrato de trabajo,
una para el trabajador y otra para el empleador. Debe contener
las siguientes especificaciones:. Identificación de las partes del
contrato laboral. Tanto el Patrono como el Trabajador deben
identificarse legalmente. Denominación del puesto de trabajo o
cargo. Es indispensable que se haga una descripción del trabajo a
realizar de la manera más precisa posible. Fecha de inicio de la
relación laboral. Especificación expresa del tipo de Contrato: a
tiempo indeterminado, a tiempo determinado o para una obra
determinada
CLASES DE CONTRATO. ARTS. 60 AL 65 LOTTT. A
tiempo indeterminado. Art. 61 Lottt A tiempo
determinado. Art.62 Lottt Para una obra
determinada. Art. 63 y 64 Lottt Para prestación
de servicios en el exterior. Art. 65 Lottt
INDETERMINADO. Art. 61 Lottt, Esto significa
que la relación laboral continúa hasta que una
de las partes decide rescindir del contrato. El
empleador deberá hacer valer una justificación
o causal para despedir al trabajador
A TIEMPO DETERMINADO. Art.62 Lottt, Implica que las fechas
de inicio y finalización del contrato están acordadas, deberán
quedar claramente expresadas en el contrato, es decir
significa que vincula a ambas partes durante el tiempo de
duración del contrato. Los contratos de trabajo pueden ser a
tiempo determinado, siempre que haya una justificación para
ello.
PARA UNA OBRA DETERMINADA. Art. 63 y 64 Lottt, los
mismos deben expresar muy bien y claramente la
obra a ejecutarse y la labor a realizar por el
trabajador, significa pues que, cuando culmine la
obra para cual el trabajador fue contratado (no
necesariamente es la totalidad de la obra) culminará
el contrato.
PARA PRESTACION DE SERVICIOS EN EL EXTERIOR. Art. 65 Lottt, Los contratos de
trabajo celebrados por trabajadores venezolanos deberán extenderse por escrito,
ser autenticados y legalizados ante el consular de la nación donde deban prestar
sus servicios. El patrono debe realizar un depósito para gastos de repatriación del
trabajador y los de su traslado hasta el lugar de su residencia. Además, a) Los
gastos de transporte y alimentación para las obligaciones sobre inmigración u otro
concepto semejante, serán por cuenta del patrono b) Se aplicarán la legislación
social venezolana. c) El trabajador deberá recibir del patrono, antes de su salida,
información escrita sobre las condiciones generales de vida y requisitos a que
deberá someterse en el país donde va a prestar sus servicios.
CARACTERISTICAS DEL CONTRATO DE TRABAJO. CONSENTIMIENTO.
Este se celebra por la voluntad de las partes. OBJETO. La razón y
condiciones en la que se prestará el servicio. REMUNERACION. Para
que exista contrato de trabajo laboral debe ser remunerada.
PRESTACION DE UN SERVICIO PERSONAL La persona que realiza la
labor no puede ser sustituida por otra sin el previo consentimiento
del patrono.DEPENDENCIA. El trabajador estará bajo las órdenes del
patrono durante la jornada laboral. LICITO. La labor que se
pretende realizar debe estar dentro de la ley,la moral y las buena
costumbre. SINALAGMATICO. Tanto trabajadores como patronos
adquieren obligaciones derivadas de ese contrato DE ADHESION.
Las condiciones laborales las plantea el patrono para un
determinado objeto de trabajo y el trabajador simplemente las
acepta o no. DE TRACTO SUCESIVO. El contrato de trabajo se
perfecciona diariamente
INDEMNIZACIÓN POR RESCISIÓN DE CONTRATO. ART.
83 LOTTT. Si el trabajador se retira justificadamente
del trabajo antes de la conclusión de la obra o antes
del vencimiento del contrato, el patrono deberá
pagarle una indemnización por daños y perjuicios,
cuyo monto será igual al importe de los salarios que
el trabajador devengaría hasta la conclusión de la
obra o el vencimiento del término,
ESTABILIDAD RELATIVA. La Estabilidad en el trabajo
es una protección de carácter general y
permanente, dirigida a los trabajadores que no
sean de dirección y que tengan más de un (1) mes
al servicio de un patrono, los cuales no podrán ser
despedidos sin una justa causa de las
contempladas en el Art. 79 Lottt y 38 Reg. Lot
El fundamento constitucional de la Estabilidad
Laboral está contenido en la Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela, en el
Capítulo V “De los Derechos Sociales y de las
Familias” del Título III “De los Deberes,
Derechos Humanos y Garantías”,
específicamente en el Art. 93 que señala: “La
ley garantizará la estabilidad en el trabajo y
dispondrá lo conducente para limitar toda
forma de despido no justificado. Los despidos
contrarios a esta Constitución son nulos.”
QUIENES SON LOS TRABAJADORES
AMPARADOS POR ESTABILIDAD
RELATIVA? Los trabajadores a tiempo
indeterminado a partir del primer mes
de prestación de servicio. Los
trabajadores contratados a tiempo
determinado, mientras no haya vencido
el término del contrato. Los trabajadores
contratados para una obra determinada
hasta que haya concluido la totalidad de
las tareas a ejecutarse por el trabajador
para las cuales fueron expresamente
contratados
ELEMENTO DEL CONTRATO, ESENSIALES: • Capacidad jurídica y
consentimiento de las partes intervinientes. • Objeto: en que
consiste y para que se va a hacer. • Causa: lo que motiva su
realización. • NECESARIOS: • La subordinación: es la relación en la
que el trabajador se somete a las ordenes del patrón. • La
prestación personal del servicio: para perfeccionar la relación. •
Licito: no debe ir en contra de las estipulaciones legales, la moral
y las buenas costumbres. • La remuneración: es su causa.
IMPORTANCIA DEL CONTRATO DE TRABAJO, A la hora de contratar a un nuevo trabajador,
la persona jurídica generalmente se preocupa más por el tipo de contrato de trabajo que
puede ofrecer que por el contenido del mismo, por lo que al principio se establece una
buena relación que desearíamos durase indefinidamente, para lo que hay que tener en
cuenta que nos encontramos en presencia de un acuerdo de voluntades en el que ambas
partes deben escucharse, plasmando sus acuerdos en el contrato de trabajo. Es de tener
en cuenta que una de las mayores causas de desmotivación en el trabajador y, por tanto,
de ruptura de la relación laboral, es el incumplimiento de la legislación aplicable por
parte del empresario, y no digamos el riesgo que supone frente a una posible fiscalización
de la Inspectoría del trabajo