Cuando se objetare de falso un documento exhibido en
la Audiencia Constitucional.
DAÑOS Y PERJUICIOS
Para resarcir los daños y percuicios que se hayan generado al no
poder ejecutar el acto reclamado o el menoscabo al quejoso al
quedar sin efecto la suspensión.
SUSPENSIÓN DEL
ACTO RECLAMADO
Se solicita mientras no se dicte sentencia. Se concede de oficio y de
plano cuando se trate de actos que importen peligro de privación de
la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento,
incomunicación, deportación o expulsión, proscripción o destierro,
extradición, desaparición forzada de personas o alguno de los
prohibidos por el artículo 22 constitucional, así como la incorporación
forzosa al Ejército, Armada o Fuerza Aérea nacionales.
REPOSICIÓN DE AUTOS
Se certifica la existencia anterior y falta
posterior para proceder a la resposición de los
autos. No será procedente si el expediente
electrónico no muestra alteración, basta que
se certifique el digital.
NULIDAD DE
NOTIFICACIONES
No suspende el procedimiento. Declarada la nulidad se repone el
procedimiento a partir de la actuación anulada.