Expiración del tiempo convenido (Contrato temporal)
Algunos contratos conllevan el derecho a una indemnización de 12 días de salario por año trabajado
Dimisión del trabajador
Voluntaria
Preaviso de 15 días sin derecho a indemnización ni paro
Abandono
No preaviso, indemnización a la empresa por daños y perjuicios. No hay indemnización ni paro.
Incumplimiento de las obligaciones empresariales
Paga con retrasos continuados, no hay paga, ni dignidad y respeto.
El trabajador presenta demanda y continúa trabajando hasta que se apruebe. Se le da una
indemnización de 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.
Víctima de violencia de género
No hay indemnización pero sí paro, comunicándolo a la empresa.
Por muerte o invalidez permanente del trabajador
Jubilación del trabajador
Muerte, jubilación o incapacidad del empresario
El trabajador tiene derecho a una indemnización de 30 días de salario
Voluntad del empresario
Incumplimiento del trabajador, no hay indemnización, se comunica por escrito indicando su causa. Si
es un representante de los trabajadores, se abrirá un expediente contradictorio.
Causas objetivas
Ineptitud del trabajador, falta de adaptación a las modificaciones técnicas, causas económicas, técnicas
o de producción; insuficiencia de asignación presupuestaria.
Se comunica al trabajador por escrito con un preaviso de 15 días, donde tiene derecho de 6 horas al día
para buscar trabajo, recibe indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12
mensualidades.
Despido colectivo
Causas en el convenio colectivo
Faltas injustificadas, indisciplina, ofensas verbales o físicas, transgresión de la buena fe, disminución
del rendimiento, toxico manía, acoso.
Extinción de contratos de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción
afectando a un número determinado de trabajadores.
Decisión de la mujer trabajadora obligada a abandonar su puesto, consecuencia de ser víctima de la
violencia de género.