es todo acto que realiza el hombre, contra un ataque humano, ilegítimo, inminente o
inmediato, para defender su vida, la de sus parientes o extraños y los bienes y derechos
de estas mismas personas, siempre que utilice medios racionales y proporcionados al
peligro al que se enfrenta y no haya habido provocación por parte suya
CARACTERISTICAS
Agresión ilegítima
Necesidad racional del medio empleado
Falta de provocación suficiente
MIEDO INSUPERABLE Y
ESTADO DE NECESIDAD
EL MIEDO INSUPERABLE se produce como consecuencia de haber sido invadido por
un miedo de tal magnitud que se demuestra que se ha obrado impulsado por él
situación de conflicto entre dos bienes jurídicos, en la que la salvación de uno de
ellos exige el sacrificio del otro. El peligro debe ser actual, real, objetivo, e
inminente, y es necesario que el daño todavía no se haya producido
CUMPLIMIENTO DEL DEBER
El punto 7 del artículo 20 del Código Penal establece que está exento de responsabilidad criminal “el
que obre en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo”.
EL USO DE LA FUERZA
para que este uso de la fuerza quede amparado por causa de
justificación, se requiere:
Que el sujeto tiene que hallarse cumpliendo con su cargo, en el ejercicio de sus
funciones
Tiene que ser necesario el uso de la fuerza
Que la fuerza que se ejercita sea proporcional al hecho