Normativa vigente proceso ECCL

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Martha Mora
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Andrés Bayer
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Martha Mora
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Normativa vigente proceso ECCL
  1. Ministerio de Salud y Proteccion Social Decreto 933 Articulo 19
    1. ARTÍCULO 19. CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES. <Artículo compilado en el artículo 2.2.6.3.20 del Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015. Debe tenerse en cuenta lo dispuesto por el artículo 3.1.1 del mismo Decreto 1072 de 2015> El Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, regulará, diseñará, normalizará y certificará las competencias laborales. Notas de Vigencia Concordancias Doctrina Concordante
      1. 2003
      2. CONPES 2945
        1. En el CONPES 2945 ENCONTRAMOS un conjunto de políticas, estrategias y acciones sobre la capacitación y el desarrollo tecnológico como política de Estado, orientadas a la transformación del SENA para responder a las actuales condiciones del país y, en particular, a la necesidad de mejorar la pertinencia y la calidad de la capacitación, en concordancia con las tendencias del mercado laboral y de adecuar la respuesta de la institución a las nuevas características en materia de tecnología que presenta el sector productivo colombiano. El SENA debe lograr un posicionamiento estratégico en relación con tres de los sistemas nacionales que dirigen la competitividad del país, como son el de Innovación1 , el de Información para el Empleo y el de Formación Profesional.
          1. 1997
          2. Ministerio de Salud y Proteccion Social Decreto 249 Articulo 12
            1. DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE FORMACIÓN PARA EL TRABAJO. Son funciones de la Dirección del Sistema Nacional de Formación Para el Trabajo:
              1. 1. Dirigir la implementación en el país del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo . 2. Proponer políticas y trazar directrices para el SENA sobre la formación profesional para el trabajo. 3. Investigar, priorizar y aprobar metodologías y planes de normalización y certificación de las competencias laborales y formación para el Trabajo
                1. 4. Dirigir, controlar y evaluar la ejecución de los planes que presentan las Mesas Sectoriales. 5. Gestionar la aprobación de Normas de Competencia Laboral y orientar o evaluar las normas propuestas. 6. Avalar planes de evaluación y certificación del desempeño, mediante evaluación y auditoría de calidad del SENA
                  1. 7. Reconocer los Centros de Formación Profesional Integral que actuarán como evaluadores - certificadores y las personas naturales o jurídicas que realizarán la evaluación de competencias. 8. Proponer la reglamentación de Mesas Sectoriales y otras estrategias de concertación. 9. Establecer el sistema de codificación de las normas de competencia y titulaciones laborales colombianas.
                    1. 10. Gestionar las auditorías de calidad a los de normalización, y evaluación y certificación de competencias laborales. 11. Crear y mantener actualizado el Registro Nacional de Programas de Formación para el Trabajo reconocidos por el SENA. 12. Contribuir al diseño de un marco nacional de calificaciones que facilite la formación y el aprendizaje permanente. 13. Implementar y mantener los procesos definidos en el Sistema de Gestión de Calidad y velar por la mejora continua de los mismos en su dependencia. 14. Asesorar a las dependencias en los procesos propios del área.. 15. Coordinar con la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, la definición y aplicación de indicadores de gestión. 16. Las demás que le sean asignadas .
                2. 2004
                3. CONPES 81
                  1. Se presenta una propuesta basa en principios de calidad, pertinencia y flexibilidad de la oferta de formación, competitividad del recurso humano y transparencia y eficiencia en la administración de los recursos. Para implementar estos principios, se propicia la articulación de los diferentes actores del SNFT en torno a la política de formación del recurso humano que requiere el país
                  2. SENA RESOLUCION 1658
                    1. Resuelve Suprimir el Grupo de trabajo denominado “Grupo de Normalización, Certificación y Gestión de Talento Humano” y Crear el Grupo interno de Trabajo denominado “Gestión de competencias laborales" adscrito a la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.
                      1. 2019
                      2. CONPES 3988
                        1. La presente política establece las acciones para transformar y complementar el enfoque del programa Computadores para Educar (CPE) para estructurar, articular y ejecutar las apuestas institucionales necesarias con el fin de impulsar la innovación en las prácticas educativas a partir de las tecnologías digitales.
                          1. 2020
                          2. 1990 Constitucion Politica . Articulo 25
                            1. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.
                              1. 1990
                              2. CONPES 3674
                                1. este documento Conpes establece las directrices generales para la puesta en marcha de la Estrategia Nacional para la Gestión del Recurso Humano en Colombia, para el desarrollo óptimo de las políticas de educación y formación para el trabajo.
                                  1. 2010
                                  2. Organizacion Internacional del Trabajo Recomendacion 195
                                    1. Recomendacion sobre el desarrollo de los recursos humanos: educacion, formacion y aprendizaje permanente
                                    2. Congreso de Colombia - Ley 1955 Articulo 194
                                      1. Sistema nacional de cualificaciones. Créase el Siste­ma Nacional de Cualificaciones (SNC) como un conjunto de políticas, instrumentos, componentes y procesos necesarios para alinear la edu­cación y formación a las necesidades sociales y productivas del país y que promueve el reconocimiento de aprendizajes, el desarrollo personal y profesional de los ciudadanos, la inserción o reinserción laboral y el desarrollo productivo del país.
                                      2. PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DECRETO 78
                                        1. Procedimiento evaluar la conformidad de personas. Previo a la asignación a una persona actividades cuya ejecución demande la demostración de competencias, el responsable de asignación deberá urarse que el con correspondiente certificado de competencia, expedido por un organismo certificación de personas acreditado ante el Organismo Nacional Acreditqción y que alcance de la acreditación incluya los requisitos de competencia establecidos por el reglamento técnico
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                                        juliana vannesa hurtado tobar