DIRECTRICES GENERALES PARA LA
GESTIÓN DEL RIESGO DE CRÉDITO
Objeto
El presente Reglamento
tiene por objeto
establecer los principios
mínimamente exigibles
para la gestión del riesgo
de crédito inherente a la
cartera de créditos que
realizan las EIF.
Principios Generales para la Gestión
del Riesgo de Crédito en Cartera
Política de gestión de riesgo de crédito
Estas políticas deben responder a la
complejidad y al volumen de las
operaciones que caracterizan a su
modelo de negocios y al apetito al
riesgo que está asumiendo, de manera
que se logre una adecuada relación
entre riesgo y rentabilidad.
Gestión del riesgo de crédito
Debe identificar, medir, monitorear,
controlar y divulgar sus niveles de
exposición de este riesgo.
Gestión del crédito productivo
En el marco de la gestión del riesgo de crédito, se
debe crear un conjunto de productos destinados al
sector productivo, realizar gestiones para su
inserción en el mercado y establecer los
porcentajes de participación y crecimiento de dicha
cartera en los portafolios crediticios de la EIF
Organización, funciones y responsabilidades
Para la gestión del riesgo de crédito, las EIF deben
establecer una adecuada estructura organizacional
que delimite claramente las obligaciones, funciones
y responsabilidades de las unidades de negocios,
operacionales y de monitoreo, las cuales deben estar
adecuadamente segregadas.
Límites internos de concentración crediticia
Las EIF deben definir en sus políticas, criterios de
diversificación de cartera al menos por las siguientes
variables: sector económico, región geográfica y tipo
de crédito. Tales criterios definen los límites
tolerables de concentración propios de cada EIF.
Criterios de selección de clientes
Las EIF deben contar con políticas que definan las
características de su mercado objetivo, las
características de sus potenciales clientes, y los
atributos que definen a un cliente para que pueda ser
considerado como sujeto de crédito en cada EIF.
Principios mínimos para la
evaluación de deudores
Factores generales: Se refieren a factores
de riesgo que afectan a un conjunto de
prestatarios indistintamente
Factores individuales: Se refieren a factores de
riesgo que son particulares de cada deudor, y
que deben ser considerados además como
criterios de selección de clientes
Políticas
Política de reprogramaciones,
Política de recalificación de
deudores y Políticas de Incentivos al
Pago Pleno y Oportuno
Tipos de Crédito
Créditos individuales: créditos que,
por su naturaleza, deben ser
evaluados sobre la base de
características propias de cada
deudor utilizando sus metodologías,
mismas que deberán capturar la
esencia de este tipo de créditos
Créditos masivos: créditos que, por
su naturaleza, pueden ser evaluados
en forma grupal utilizando
metodologías que agrupen deudores
con características relevantes
similares desde el punto de vista del
riesgo.
Principios Generales para la
Calificación de Deudores
Metodologías para la evaluación y
calificación de deudores
Cada EIF debe determinar las
metodologías para evaluar y calificar a
sus deudores, con base en sus políticas
y procedimientos de gestión de riesgos.
Tales metodologías podrán basarse en
fundamentos matemáticos, estadísticos
o de otra naturaleza, que permitan a la
EIF alcanzar el objetivo
Calificación y previsión
Las EIF, sobre la base de sus metodologías
deben estimar el monto a previsionar, a través
de la estimación de la pérdida esperada.
Disposiciones Transitorias
ASFI debe emitir oportunamente complementaciones
al presente Reglamento detallando: a. Las fases a
cumplir por parte de las EIF; b. Los criterios de
previsión y aspectos contables; c. Los requerimientos
de flujo de información interna, reportes a la ASFI e
información a ser provista al deudor; d. Los criterios de
homologación de previsiones.