Se origina de la actividad del
empleador o sus representantes,
cuando cometen un hecho tificado
(delito)
Esta responsabilidad por ser penal
es de carácter personal, no solo
puede serle aplicada al empleador,
también a su representante
Pena de prisión por violaciones
graves o muy graves de la
norma, relativas a la muerte,
discapacidad o lesión del
trabajador
Art. 131 LOPCYMAT
Privativa de libertad + acción u omisión
Objetiva
Se deriva de la aplicación de la teoría del
riesgo profesional o teoría de la guarda de la
cosa
Para su aplicación no es necesario que exista
culpa o no por parte de la empresa o el
trabajador
Indemnización + acción u omisión
-Lucro cesante, daño
moral, daño material de
los gastos médicos
- Prestaciones dinerarias,
prestaciones de atención
médica integral, prestaciones
indemnizatorias
Artículos
76,117,118,119,120
LOPCYMAT
Subjetiva
Esta es producto de la violación de la
norma por parte del patrono, es decir
la existencia de un hecho ilícito
El conocimiento del patrono
del peligro que corren los
trabajadores y este no lo
corrija, actuando de forma
culposa con negligencia,
imprudencia e impericia